Última revisión
Modelo P.9/1 de parte médico de confirmación de incapacidad temporal
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
La emisión del parte médico de baja es el acto que origina la iniciación de las actuaciones conducentes al reconocimiento del derecho al subsidio por incapacidad temporal. La declaración de la baja médica, en los procesos de incapacidad temporal, cualquiera que sea la contingencia determinante, se formulará en el correspondiente parte médico de baja expedido por el médico del servicio público de salud que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado.
Los partes de baja y de confirmación de la baja se extenderán en función del periodo de duración que estime el médico que los emite y serán expedidos por el correspondiente facultativo del servicio público de salud, o de la mutua cuando la incapacidad temporal derive de una contingencia profesional cubierta por la misma. A estos efectos se establecen cuatro grupos de procesos en función de su duración (inferior a 5 días naturales, entre 5 y 30 días naturales, entre 31 y 60 días naturales y duración estimada de 61 o más días naturales).
El presente modelo oficial P.9/1 de confirmación de la incapacidad temporal es el vigente al amparo de la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio y permite al médico facultativo del sistema público de salud modificar la duración del proceso de incapacidad temporal estimada anteriormente.