Última revisión
Modelo oficial de contrato de duración determinada por circunstancias de la producción o sustitución de la personas trabajadora (vigente desde el 30/03/2022)
Relacionados:
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 30/03/2022
Resumen:
Este contrato de duración determinada por circunstancias de la producción o sustitución de la personas trabajadora se encuentra vigente desde el 30/03/2022, desapareciendo desde esa fecha los contratos eventuales, contratos de obra o servicio y de interinidad.
Se trata de una modalidad contractual creada tras la reforma laboral de 2022, aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
El contrato de duración determinada por circunstancias de la producción traerá causa de:
1. Incremento ocasional e imprevisible de las circunstancias de la producción que, aun tratándose de la actividad normal de la empresa, generen un desajuste temporal entre el empleo estable disponible (sustituye al derogado contrato eventual por circunstancias de la producción).
2. Para atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida y delimitada.
Por su parte, el contrato de sustitución de la persona trabajadora se utilizará para:
- La sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución,
- Para completar la jornada reducida por otra persona trabajadora, cuando dicha reducción se ampare en causas legalmente establecidas o reguladas en el convenio colectivo y se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución.
- Para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo.