Última revisión
01/01/2023
Modelo oficial de declaración de herederos para la adjudicación de vehículos
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2023
El punto 1º letra b) apartado II del Anexo XIV del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, respecto de las transmisiones definitivas por causa de muerte, señala que la persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de noventa días, contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación. A tal efecto presentará, además de los documentos que se indican en el apartado I.1.B de su anexo, que estarán firmados por el heredero o herederos, la documentación siguiente:
1.º Declaración de herederos, o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.
2.º Justificación del pago o exención del Impuesto sobre Sucesiones y fotocopia.
3.º Permiso o licencia de circulación.
4.º Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con reconocimiento en vigor.
5.º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
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