Última revisión
11/07/2025
Reclamación administrativa previa para reconocimiento de prestación por gran incapacidad derivada accidente no laboral
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 5 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 11/07/2025
A tenor del art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, será requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora de las mismas.
La reclamación previa habrá de interponerse ante el órgano que hubiera dictado la resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.
De acuerdo con lo expuesto, el siguiente modelo permitirá a la persona interesada presentar reclamación frente al INSS, frente a la desestimación de la solicitud de prestación por gran incapacidad derivada accidente no laboral.
A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN [LOCALIDAD] (1)
D./D.ª [NOMBRE_LETRADO], representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A], representación que acredito mediante copia de [ESPECIFICAR] que acompaño, y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], ante esta Dirección Provincial comparece y como mejor proceda en derecho, DIGO:
De conformidad con lo preve...
Ver el documento "Reclamación administrativa previa para reconocimiento de prestación por gran incapacidad derivada accidente no laboral"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
