Última revisión
Comunicación de datos estadísticos obligatorios en caso de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada (Orden ESS/2541/2012, de 27 de noviembre)
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Tal como dispone la D.A. 1.ª del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente para la elaboración de la estadística de regulación de empleo, incluida en el Plan Estadístico Nacional, las autoridades laborales con competencia en materia de procedimientos de regulación de empleo remitirán en soporte informático a la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social los datos estadísticos individualizados de cada uno de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada tramitados ante las mismas.
Dada la exigencia administrativa y, sólo a efectos estadísticos, es habitual la solicitud por parte de la Autoridad Laboral de la aportación de datos relacionados con la Orden ESS/2541/2012, de 27 de noviembre.
INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SUSPENSIÓN DE CONTRATOS, REDUCCIÓN DE JORNADA Y DESPIDOS COLECTIVOS
Orden ESS/2541/2012, de 27 de noviembre
1. DATOS DE LA EMPRESA:
1. Número de identificación fiscal: [NUMERO]
2. Nombre o razón social: [DENOMINACION_SOCIAL]
3. Código de cuenta de cotización a la Seguridad Social: [NUMERO]
4. Actividad principal de la empresa : [NUMERO] (códigos CNAE 2009 a dos dígitos).
5. Plantilla de la empresa empleada en el último año : [NUMERO]
6. Antigüedad de la empresa (en años).
7. Naturaleza empresa/entidad (Según tabla 1).
8. Ámbito territorial del Sector Público (Según tabla 2).
2. DATOS DEL PROCEDIMIENTO:
1. Número de procedimiento: [NUMERO]
2. Autoridad laboral a la que se comunica (Según tabla 3).
3. Acuerdo entre las partes (1. Sí/2. No).
4. Causa alegada (tabla 4).
5. Fecha de la comunicación de la decisión final empresarial a la autoridad laboral [FECHA]. (1)
3. DATOS DE LAS MEDIDAS SOCIALES DE ACOMPAÑAMIENTO
1. Medidas para evitar o reducir los despidos colectivos (Según tabla 5.1).
2. Medidas para atenuar las consecuencias de los despidos colectivos (Según tabla 5.2).
3. Planes de renta (1. Sí/2. No).
3.1 Edad mínima para entrar en el Plan: [NUMERO]
3.2 Edad a la finalización del Plan: [NUMERO]
[3.1 y 3.2 se cumplimentarán cuando «Planes de Renta» se ha cumplimentado con 1. (Sí)]
4. Bajas incentivadas (indemnizaciones superiores a la mínima legal) (1. Sí/2. No).
4.1 Número de días de indemnización por año trabajado.
[4.1 se cumplimentará cuando «Bajas incentivadas» se ha cumplimentado con 1. (Sí)]
Datos de los trabajadores:
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