Última revisión
Inadmisión de recurso administrativo por presentación extemporánea (fuera de plazo)
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 06/05/2024
Resumen:
El artículo 116 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que «Serán causas de inadmisión las siguientes: d) Haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso».
En lo que respecta al cómputo de los plazos el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, determina que: «4. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes».
Expediente número: [NÚMERO]
Interesados: [NOMBRE]
Procedimiento: [ESPECIFICAR]
Asunto: Recurso de [ESPECIFICAR] (1) número [NÚMERO].
[EL JUZGADO/ ÓRGANO]
VISTO el recurso de [ESPECIFICAR] (1) …
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