Última revisión
Modelo de solicitud de asistencia jurídica gratuita. Cataluña
Relacionados:
Orden: civil
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
OBJETO
Garantizar el derecho a obtener defensa y representación gratuitas por abogado y procurador cuando la persona inmersa en un procedimiento judicial acredita insuficiencia de recursos para litigar y litiga en defensa de derechos o intereses propios. Prestado por los colegios de abogados y procuradores a través del servicio de orientación jurídica y el turno de oficio, con el apoyo del Departamento de Justicia.
DESTINATARIOS
Personas físicas que carezcan de patrimonio suficiente. Deben acreditar unos recursos e ingresos anuales brutos de la unidad familiar que, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita , modificada por el Real decreto ley 3/2013, no superen los umbrales del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) establecidos. Excepcionalmente, también pueden acceder aquellas personas que no superen el quíntuplo del IPREM, siempre que acrediten alguna de las circunstancias previstas en el artículo 5 de la Ley de asistencia jurídica gratuita.
Asociaciones de utilidad pública y fundaciones inscritas en el correspondiente registro administrativo, cuando acrediten insuficiencia de recursos económicos para litigar, siempre que, careciendo de patrimonio suficiente, el resultado contable de la entidad en cómputo anual sea inferior al triple del IPREMO.
ORGANO RESPONSABLE
Departamento de Justicia, Derechos y Memoria
FORMA DE PRESENTACIÓN
- Presencial.
NORMATIVA
- Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023
- Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.