Última revisión
Notificación a la autoridad laboral de la declaración de huelga
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
Tal como se establece en el art. 3.3 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, «El acuerdo de declaración de huelga habrá de ser comunicado al empresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores. La comunicación de huelga deberá hacerse por escrito y notificada con cinco días naturales de antelación, al menos, a su fecha de iniciación.»
De acuerdo con lo expuesto, el siguiente modelo permite a los representantes de los trabajadores comunicar a la autoridad laboral la declaración de una huelga.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO]
A la autoridad laboral de la comunidad autónoma
D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con DNI n.º [DNI], y D./D.ª [NOMBRE], mayor de edad, con DNI n.º [DNI], en su condición de delegados de personal, de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con domicilio en [DOMICILIO], ante esa autoridad laboral comparecen y, como mejor en DERECHO proceda, dicen:
- Primero.- Con fecha [DIA] de [MES] de [AÑO], tomamos el acuerdo de someter a la consideración de la totalidad de los trabajadores (1) de esta empresa la declaración de una huelga en [ESPECIFICAR]. (2)
- Segundo.- La referida asamblea tuvo lugar el pasado día [DIA] de [MES], adoptando, unánimemente, la decisión de declarar una huelga
- Tercero.- Las fechas en las que ejerceremos nuestro derecho a huelga serán durante los próximos días [DIA] de [MES] de [AÑO], desde las [HORA] horas hasta las [HORA] horas.
- Cuarto.- La huelga se realiza con el objetivo de conseguir [DESCRIPCION].
- Quinto.- Siendo seleccionados como miembros del comité de huelga los/as trabajadores/as de esta empresa, D./D.ª [NOMBRE] y D./D.ª [NOMBRE], serán ellos los designados para participar en las actuaciones que tengan lugar para solucionar el conflicto; haciéndose también responsables de garantizar la prestación de los servicios necesarios y mantenimiento de los locales y maquinaria, para una posterior reanudación de las actividades. (3)
- Quinto.- El contenido de la presente comunicación es puesto en conocimiento de la empresario con esta misma fecha. (4)
Por lo expuesto,
Suplican a esa autoridad laboral que, tenga por presentado este escrito, dignándose a admitirlo y, en consecuencia, dar por cumplido, en tiempo y forma, el trámite prescrito en el artículo 3.3 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, por ser de justicia que piden en [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
[Firmas]
(1) Están facultados para acordar la declaración de huelga, los trabajadores, a través de sus representantes; o directamente los propios trabajadores del centro de trabajo, afectados por el conflicto, cuando el veinticinco por ciento de la plantilla decida se someta a votación dicho acuerdo.
(2) Consignar motivos de la huelga. A modo de ejemplo: «apoyo de las reivindicaciones planteadas en la negociación del nuevo convenio colectivo», «ante las modificaciones realizadas de forma unilateral por la empresa en relación a ...»
(3) Cuando la huelga afecte a empresas encargadas de cualquier clase de servicios públicos, el preaviso del comienzo de huelga al empresario y a la autoridad laboral habrá de ser, al menos, de diez días naturales. Los representantes de los trabajadores deberán dar a la huelga, antes de su iniciación, la publicidad necesaria para que sea conocida por los usuarios del servicio.
(4) El acuerdo de declaración de huelga habrá de ser comunicado al empresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores.
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