Última revisión
Notificación de elevación de renta por realización de obras de mejora
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 18/09/2024
Resumen:
A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:
«La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora, el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del veinte por ciento de la renta vigente en aquel momento.
Para el cálculo del capital invertido, deberán descontarse las subvenciones públicas obtenidas para la realización de la obra».
D/Dña. [NOMBRE_ARRENDADOR]
[DOMICILIO_ARRENDADOR]
TLF. [NÚMERO]
[CORREO_ELECTRÓNICO/FAX/OTRO]
A/A D./Dña. [NOMBRE_ARRENDATARIO]
C/ [CALLE], [NÚMERO]
[LOCALIDAD], [CÓDIGO_POSTAL]
En [LOCALIDAD], a [DÍA] …
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