Última revisión
Notificación por parte del empresario de la realización de reconocimientos médicos
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 25/06/2024
Resumen:
El art. 22 de la LPRL, obliga al empresario a garantizar a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en en función de los riesgos inherentes al trabajo.
En [PROVINCIA], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[DATOS_EMPRESA]
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR].
Muy Sr./a nuestro/a:
Por la presente le comunicamos que deberá comparecer a las [HORA] horas, del día [DÍA] de [MES] de [AÑO], en la clínica [ESPECIFICAR], a los efectos de que se le practique el oportuno RECONOCIMIENTO MÉDICO, para determinar el estado de la salud, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 22 de la
El mencionado reconocimiento es obligatorio (según artículo 22
-[ESPECIFICAR]: (1)
En todo caso, se garantiza la confidencialidad de los resultados de las pruebas médicas, cuyo resultado le será notificado, no pudiendo la empresa acceder, en aplicación del artículo 22.4 de la
Con el ruego de que firme el duplicado de la comunicación que se acompaña, le saluda, atentamente,
[SELLO_FIRMA_EMPRESA]
La empresa
Recibí:
[FIRMA]
D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR].
(1) Consignar según el art. 22 de la LRPL: «Que la realización de los reconocimientos es imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores» / «La verificación de que el estado de salud del trabajador no constituya un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa» / «Que está establecido en la disposición legal [ESPECIFICAR] en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad».
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