Última revisión
Notificación individual al trabajador de la ausencia de subrogación ante cambio de titularidad en una notaría
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/01/2021
Resumen:
STS, Rec. 2979/2009 de 23 de julio de 2010, ECLI: ES:TS:2010:4706:
«El Notario no es el titular de una organización de medios personales y materiales que, al traspasar la Oficina correspondiente en la que vino prestando la función pública que le corresponde, pueda generar un fenómeno de sucesión empresarial, puesto que sus sucesivos nombramientos y consiguientes traslados dependen del Gobierno del Estado y, tampoco él, se convierte, por el hecho de su nombramiento para una concreta Notaria, en titular del conglomerado organizativo que caracteriza a la misma, sino en mero depositario de su Protocolo y simple cabeza visible y directora de la función pública -que no servicio público en estricto sentido – que en dicha Oficina se desarrolla».
El TS ha declarado que el cese del trabajador por traslado del notario constituye despido, pues no existe obligación de subrogación entre los sucesivos notarios.
En [LUGAR], [FECHA]
[NOMBRE_EMPRESA]
A la atención de D./Dña. [NOMBRE_TRABAJADOR_A]
Muy señor/a nuestro/a:
Por medio de la presente comunicación, D./Dña. [NOMBRE_NOTARIO] le informa de que con efectos …
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