Petición de exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de...e movilidad reducida
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Petición de exención del ...d reducida

Última revisión
01/01/2023

Petición de exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de vehículos de personas con discapacidad y para personas de movilidad reducida

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2023

Resumen:

El artículo 93.1.e) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece que estarán exentos del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica los vehículos para personas de movilidad reducida (entendiendo pro tales los vehículos cuya tara no sea superior a 350 kg, y que, por construcción, no puede alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente -y no meramente adaptado- para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física, de conformidad con el apartado A del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre) y  los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo.

Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte. Esta exención no podrá aplicarse a más d eun vehículo simultáneamente. 

A efectos de esta exención, se considerarán personas con discapacidad quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 %.

Para aplicar esta exención el artículo 93.2 del TRLRHL prevé que los interesados deben instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa del beneficio.

Una vez declarada la exención por la administración municipal, se expedirá un documento que acredite su concesión.

A TENER EN CUENTA. Algunas administraciones pueden tener a disposición del contribuyente un formulario específico para solicitar esta exención y/o solicitar que se aporte otra documentación además de la señalada en el escrito.

A TENER EN CUENTA. Si bien el TRLRHL habla de «minusválidos», la isposición adicional octava de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, señala que las referencias que en los textos normativos se efectúan a «minusválidos» y a «personas con minusvalía», se entenderán realizadas a «personas con discapacidad», yq eu a partir de la entrada en vigor de la dicha norma, las disposiciones normativas elaboradas por las Administraciones Públicas utilizarán los términos «persona con discapacidad» o «personas con discapacidad» para denominarlas. por tanto, desde el 1 de enero de 2007, el uso de «persona con discapacidad» es obligado en los textos normativos.

 

 

AYUNTAMIENTO DE [LUGAR]

D./Dña. [NOMBRE] con DNI/NIE [NUMERO] y domicilio en [DOMICILIO], actuando en actuando en nombre propio/como representante de [NOMBRE] con DNI/NIE [NÚMERO] y domcilio en [DOMICILIO], ante este ayuntamiento comparezce y, como mejor proceda,

EXPONE

Primero: Que el artículo 93.1.e) del Real Decreto Legislativo

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