Última revisión
Querella por delito de acusación y denuncia falsas
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Orden: penal
Fecha última revisión: 14/02/2024
Resumen:
Este delito se encuentra tipificado en el art. 456 CP, que tipifica la conducta de quien, con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad, imputare a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal.
Se exige en todo caso para la comisión de este delito sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada.
Por el citado delito cabrá la interposición de querella, regulada en los arts. 270 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Para ello el/la querellante podrá valerse del siguiente formulario.
A TENER EN CUENTA. Dispone el nuevo art. 258 bis, introducido en la LECrim vía Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta novedad entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, de modo que hasta ese momento, el art. 258 bis LECrim no resulta de aplicación. El siguiente formulario se halla actualizado a la citada reforma.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N.º [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] en representación de Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], en virtud de poder especial para la presentación de …
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