Última revisión
Relación de bienes hereditarios para liquidación del Impuesto de Sucesiones
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 06/02/2019
Resumen:
Los sujetos pasivos del impuesto de sucesiones y donaciones presentarán los documentos, acompañados de copia simple, a la Administración tributaria para la práctica de las liquidaciones que procedan en los plazos y en las oficinas competentes, con arreglo a las normas del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el
El documento, que tendrá la consideración de declaración tributaria, deberá contener, además de los datos identificativos de transmitente y adquirente y de la designación de un domicilio para la práctica de las notificaciones que procedan, una relación detallada de los bienes y derechos adquiridos que integren el incremento de patrimonio gravado, con expresión del valor real que atribuyen a cada uno, así como de las cargas, deudas y gastos cuya deducción se solicite. Si el documento no contuviese todos los datos mencionados, se presentará acompañado de una relación en la que figuren los omitidos. En el caso de no existir documento, se presentará una declaración, extendida en papel común, en la que se harán constar todos los datos indicados.
AL SR. LIQUIDADOR DEL IMPUESTO DE SUCESIONES DE [ESPECIFICAR]
[RELACIÓN PRIVADA DE BIENES], quedados al fallecimiento de D/Dña.[NOMBRE], que presenta su hijo/a, D/Dña. [NOMBRE CLIENTE], con …
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