Renuncia, desistimiento o extinción a la prestación extraordinaria por cese de a...autónomos (COVID-19)
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Renuncia, desistimiento o...(COVID-19)

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Renuncia, desistimiento o extinción a la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos (COVID-19)

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 08/10/2021

Resumen:

El trabajador autónomo que haya solicitado el pago de la prestación extraordinaria de cese de actividad como consecuencia del impacto del COVID-19, reguladas en los arts. 9-012 del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, podrá:

  • Renunciar a ella en cualquier momento antes del 31 de enero de 2022, surtiendo efectos la renuncia el mes siguiente a su comunicación.

  • Devolver por iniciativa propia la prestación por cese de actividad, sin necesidad de esperar a la reclamación de la mutua colaboradora con la Seguridad Social o de la entidad gestora, cuando considere que no cumplirá los requisitos exigidos.

Téngase en cuanta la posible existencia de un modelo por parte de la MUTUA con la que se ha gestionado la prestación extraordinaria cese de actividad COVID-19.

Tiempo de lectura: 2 min


[RENUNCIA/DEVOLUCION] (1) de la Prestación económica extraordinaria por Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos (COVID-19)

 

 

Nombre y apellidos: [NOMBRE] (2)

CIF/NIF: [NUMERO]

En [PROVINCIA], a [FECHA].

 

 

Ante [NOMBRE_MUTUA], Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º [NUMERO], en relación con mi solicitud presentada, el pasado [FECHA], para lucrar la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos [ESPECIFICAR SEGÚN CORRESPONTA]

SOLICITO (3)

[- Desistir/renunciar de dicha solicitud y, en caso de haber sido resuelta favorablemente, renunciar voluntariamente al posible derecho reconocido a mi favor, comprometiéndome a reembolsar las cantidades percibidas a [NOMBRE_MUTUA].

- Devolver por iniciativa propia la prestación por cese de actividad, sin necesidad de esperar a la reclamación de la mutua colaboradora con la Seguridad Social o de la entidad gestora, por considerar que [ESPECIFICAR] (4) superarán los umbrales establecidos en el apartado [ESPECIFICAR] art. [ESPECIFICAR] Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, con la correspondiente pérdida del derecho a la prestación].

 

Sin otro particular,

 

[FIRMA]

 

 

 

(1) Selecciona opción que corresponda.

(2) Datos de la persona trabajadora autónoma solicitante.

(3) Consignar la prestación que corresponda.

(4) El trabajador autónomo que haya solicitado el pago de la prestación podrá renunciar a ella en cualquier momento antes del 30 de agosto de 2021 surtiendo efectos la renuncia el mes siguiente a su comunicación.

El trabajador autónomo que haya solicitado el pago de la prestación podrá devolver por iniciativa propia la prestación por cese de actividad, sin necesidad de esperar a la reclamación de la mutua colaboradora con la Seguridad Social o de la entidad gestora, cuando considere que los ingresos percibidos o la caída de la facturación durante el periodo de referencia superarán los umbrales establecidos para el derecho a la prestación.

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