Última revisión
Solicitud de cambio de multa, personas jurídicas
Relacionados:
Orden: penal
Fecha última revisión: 26/01/2024
Resumen:
Según el art. 53.5 del Código Penal «Podrá ser fraccionado el pago de la multa impuesta a una persona jurídica, durante un período de hasta cinco años, cuando su cuantía ponga probadamente en peligro la supervivencia de aquélla o el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes en la misma, o cuando lo aconseje el interés general. Si la persona jurídica condenada no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta en el plazo que se hubiere señalado, el Tribunal podrá acordar su intervención hasta el pago total de la misma».
El siguiente modelo permitirá a la persona jurídica condenada a pena de multa, solicitar el fraccionamiento del pago de esta, cuando sus circunstancias lo ameriten de conformidad con el precepto anterior.
Procedimiento [ESPECIFICAR]
Autos n.º [ESPECIFICAR]
AL JUZGADO DE LO PENAL N.º [NUMERO] DE [CIUDAD]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de …
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