Última revisión
Solicitud de convenio especial para expedientes de regulación de empleo que incluya trabajadores con 55 o más años (Modelo TA.0040-ERE)
Formulario
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: laboral
Enlaces: Acceso Modelo Oficial
Fecha última revisión: 06/10/2022
Resumen:
El Modelo TA.0040-ERE, permite suscribir un convenio especial para empresarios y trabajadores sujetos a expedientes de regulación de empleo que incluyan trabajadores con 55 o más años. Al amparo del art 20 Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre.
El convenio especial celebrado en relación con los expedientes de regulación de empleo con empresas no incursas en procedimiento concursal que incluyan trabajadores con 55 o más años de edad que no tuvieren la condición de mutualistas el 1 de enero de 1967, al que se refiere el art. 51.9 del ET, se regirá por lo establecido en la D.A. 13.ª de la LGSS.
Particularidades:
- La solicitud de esta modalidad de convenio especial deberá formularse durante la tramitación del expediente de regulación de empleo.
- Las cuotas correspondientes a estos convenios especiales serán objeto de totalización por la Tesorería General de la Seguridad Social respecto de cada trabajador hasta que éste cumpla 61 años de edad y por todas las contingencias incluidas en la acción protectora del convenio especial.
- La base de cotización aplicada respecto de cada trabajador en esta modalidad de convenio especial podrá ser incrementada en cada ejercicio a partir del cumplimiento de los 61 años.
- En los supuestos de fallecimiento del trabajador y de reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente el convenio especial se extinguirá y la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a devolver al empresario las cuotas ingresadas.
- En el supuesto de realización de actividades por el trabajador durante el período de cotización a cargo del empresario no procederá la devolución de las cuotas abonadas por este último, que deberá ingresar las anualidades a su cargo que, en su caso, aún estuvieran pendientes de pago.