Última revisión
Solicitud de imposición de apremio pecuniario ante el Jugado de lo Social
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 19/02/2024
Resumen:
Regulado en el artículo 241 de la Ley de la Jurisdicción Social, las consecuencias para aquellos que incumplen sus obligaciones de colaboración con el proceso judicial y desobedecen las resoluciones de jueces, tribunales y de los letrados de la administración es que puede dar lugar a apremios pecuniarios para las partes y multas coercitivas para otros intervinientes o terceros.
En el caso de una parte que, después de ser requerida, no cumple injustificadamente con las obligaciones impuestas y no demuestra la imposibilidad de cumplimiento, el letrado de la administración puede imponer apremios pecuniarios después de una audiencia de las partes. Estos apremios se aplican para asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales y pueden fijarse teniendo en cuenta la finalidad, la resistencia al cumplimiento y la capacidad económica del requerido. La cantidad de los apremios no puede exceder los trescientos euros por cada día de retraso en el cumplimiento, y se debe ingresar en el Tesoro Público.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Autos: [NÚMERO].
Ejecución: [NÚMERO].
D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Graduado Social en ejercicio, con domicilio en [LOCALIDAD], el cual tengo …
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