Última revisión
Solicitud de liquidación del régimen económico matrimonial de participación
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/03/2019
Resumen:
Téngase en consideración los derechos forales, cuya aplicación puede contravenir lo dispuesto en este formulario
El régimen de participación de bienes es el régimen en el que cada uno de los cónyuges adquiere el derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente (Art. 1411 del Código Civil).
A la vista de la solicitud de liquidación, el letrado de la administración de justicia señalará una comparecencia a la que deberán acudir los cónyuges, dentro del plazo máximo de diez días.
Si alguno de los cónyuges no compareciese el día señalado, sin mediar causa justificada, se le tendrá por conforme con la propuesta de liquidación que efectúe el cónyuge que ha comparecido. En este caso, así como cuando hayan comparecido ambos cónyuges, y lleguen a un acuerdo, se consignará éste en el acta y se dará por concluido el acto. (Art. 811 de la Ley Enjuicimiento Civil)
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº [NUMERO] DE [LUGAR]
D./Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./Doña [NOMBRE CLIENTE], cuya representación …
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