Solicitud de prestación por viudedad, orfandad y favor de familiares (Modelo oficial)
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Solicitud de prestación p...o oficial)

Última revisión
11/04/2023

Solicitud de prestación por viudedad, orfandad y favor de familiares (Modelo oficial)

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Orden: laboral

Enlaces: Acceso Modelo Oficial

Fecha última revisión: 11/04/2023

Resumen:

Modelo oficial para la solicitud de prestaciones por muerte y superviviencia en el Régimen General de la Seguridad Social.

Pueden solicitar la pensión viudedad las personas que: a) estuvieran casadas con el fallecido en el momento del fallecimiento; b) su matrimonio con el fallecido hubiera sido declarado nulo y hubieran percibido indemnización por ello; c) estuvieran separadas o divorciadas del fallecido, siempre que tuvieran derecho a pensión compensatoria que se extinguiera con el fallecimiento; d) fueran pareja de hecho del fallecido, siempre que el fallecimiento se hubiera producido a partir de 1-1-2008, hubieran convivido al menos cinco años y acreditaran la existencia de la pareja de hecho, a través de la inscripción en un registro específico o de la formalización de escritura pública, con un mínimo de dos años de antelación al fallecimiento (art. 223 dLGSS).

Tendrán derecho a la pensión de orfandad, en régimen de igualdad, cada uno de los hijos del causante, cualquiera que sea la naturaleza de su filiación, siempre que, al fallecer el causante, sean menores de veintiún años o estén incapacitados para el trabajo y que el causante se encontrase en alta o situación asimilada a la de alta, o fuera pensionista en los términos delart. 217.1 c) de la  LGSS.

Se reconocerá derecho a pensión en favor de familiares a los hijos o hermanos de beneficiarios de pensiones contributivas de jubilación e incapacidad permanente, en quienes se den, en los términos que se establezcan reglamentariamente, las siguientes circunstancias: a) Haber convivido con el causante y a su cargo; b) Ser mayores de cuarenta y cinco años y solteros, divorciados o viudos; c) Acreditar dedicación prolongada al cuidado del causante; d) Carecer de medios propios de vida (art. 226 de la LGSS).

Los trámites de solicitud para la pensión de viudedad, orfandad y favor de familiares, requerirán el original acompañado de copia para su compulsa o fotocopia ya compulsada de la documentación aportada, excepto para los documentos de identidad, en los que será suficiente la exhibición del original.

Formulario actualizado para la solicitud del nuevo complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género (para pensiones a partir del 04/02/2021).

 

 


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