Solicitud por parte del trabajador a la empresa del abono de cantidad por el importe de gafas o lentillas
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Solicitud por parte del t... lentillas

Última revisión
25/01/2023

Solicitud por parte del trabajador a la empresa del abono de cantidad por el importe de gafas o lentillas

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 25/01/2023

Resumen:

Según la STJUE n.º C-392/21, de 22 de diciembre de 2022,la empresa debe proporcionar a la persona trabajadora gafas graduadas que corrijan el deterioro de su visión y le permitan seguir trabajando con pantallas de visualización de datos si se demuestra que el perjuicio en la visión se ha producido por el trabajo con pantallas en la empresa.

Dado que en la actualidad la normativa en PRL no recoge específicamente el abono de estas cantidades, el presente documento permite, con base a la STJUE, la solicitud de los gastos por gafas o lentilla de aquellos empleados, avalados por un reconocimiento médico, en caso de ser demostrable que el perjuicio visual se ha producido por el trabajo con pantallas específicas de la empresa.


En [PROVINCIA], a [FECHA]

D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].

 

 

A la att. de [NOMBRE_EMPRESA].

Muy Srs/as. míos/as:

Como sabrán, mediante STJUE n.º C-392/21, de 22 de diciembre de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha interpretado el artículo 9 de la Directiva 90/270/CEE del Consejo, de 29 de mayo de 1990, estableciendo que el empresario deberá proporcionar a los trabajadores «dispositivos correctores especiales» cuando quede acreditado que el perjuicio en la visión se ha producido por el trabajo con pantallas en la empresa. (1)

Para el TJUE:

«La expresión "dispositivo corrector especial", que figura en el artículo 9 de la Directiva 90/270/CEE del Consejo, de 29 de mayo de 1990, referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE) debe interpretarse en el sentido de que comprende las gafas graduadas, siempre que dichas gafas se utilicen para corregir trastornos de la vista específicos, a fin de trabajar con equipos que incluyen pantallas de visualización. Corresponde al órgano jurisdiccional nacional comprobar si las gafas graduadas controvertidas en el presente asunto cumplen tales requisitos».

En base a lo anterior, D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA], con DNI n.º [NÚMERO], trabajador/a de esta mercantil desde [FECHA], con contrato de [ESPECIFICAR] y categoría profesional de [ESPECIFICAR], mediante este escrito, 

SOLICITA

El abono de [CANTIDAD] euros en concepto del importe de [GAFAS O LENTILLAS] necesarias para el desarrollo de mi actividad laboral de [ESPECIFICAR] con pantallas de visualización. Como documento acreditativo de la necesidad de [GAFAS O LENTILLAS] por deterioro de la vista como resultado de sus condiciones de trabajo adjunto [ESPECIFICAR]. (2)

 

Sin otro particular, quedo a la espera de sus noticias, rogando firmen el recibí de la presente a los efectos oportunos.

Atentamente,

[FIRMA]

D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR_A]

 

Recibí:

[FIRMA_Y_SELLO_EMPRESA]

 

(1) Según la STJUE, la obligación puede cumplirse mediante «la entrega de tal dispositivo al trabajador afectado por parte del empresario, o bien indirectamente, mediante el reembolso del coste de dicho dispositivo por parte de dicho empresario», pero no mediante el abono de un complemento salarial de carácter general.

(2) Informe médico o informe oftalmológico donde se acredite la necesidad del uso de gafas para paliar la reducción de agudeza visual por trabajo con pantallas de visualización.

 

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