Última revisión
Notificación de subrogación en el arrendamiento de vivienda por fallecimiento del arrendatario (mortis causa)
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 16/05/2023
Resumen:
El artículo 16 de la LAU prevé, para el supuesto de fallecimiento del arrendatario/a, la subrogación en el contrato de arrendamiento de vivienda concertado con él/ella de las personas que el precepto enumera. En caso de concurrencia de varios de los enumerados se seguirá el orden de prelación resultante del citado precepto. En defecto de todas las personas enumeradas, se extinguirá el contrato. Asimismo, se extinguirá si no se comunica a la parte arrendadora en el plazo de 3 meses desde el fallecimiento este hecho, y la voluntad de subrogarse justificando que se tiene derecho a ello y que se cumplen los requisitos legales para subrogarse.
En [CIUDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO].
[NOMBRE SUBROGADO]
[DOMICILIO SUBROGADO]
[DATOS CONTACTO SUBROGADO]
A la atención de don/doña [NOMBRE ARRENDADOR]
[DOMICILIO].
ASUNTO: SUBROGACIÓN EN EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA POR FALLECIMIENTO DEL TITULAR ARRENDATARIO
Muy Sr./Sra. mío/a:
Me dirijo a usted en su calidad de arrendador/a de la vivienda sita en [ESPECIFICAR] de la que era arrendatario/a mi cónyuge don/doña [NOMBRE ARRENDATARIO].
Ello en atención a su reciente fallecimiento, en fecha [FECHA].
Así, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo
Ver el documento "Notificación de subrogación en el arrendamiento de vivienda por fallecimiento del arrendatario (mortis causa)"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas