Última revisión
Testamento abierto con legado condicional de protección de hijo con discapacidad
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Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
De conformidad con el art. 790 y siguientes del Código Civil, las disposiciones testamentarias, tanto a título universal como particular, podrán hacerse bajo condición. El presente modelo posibilita el otorgamiento de testamento abierto, incluyendo en el mismo el reconocimiento de un legado bajo la condición de que el legatario asuma el cuidado y protección de un hijo o hija del testador aquejado/a de discapacidad.
En [LOCALIDAD], mi residencia a [FECHA].
Ante mÍ, [NOMBRE_NOTARIO], Notario del Ilustre Colegio Notarial de [COLEGIO_NOTARIO]
COMPARECE
Don/Doña [NOMBRE_CLIENTE], mayor de edad, [ESTADO_CIVIL_CLIENTE], vecino/a de esta ciudad, con domicilio en [DOMICILIO_CLIENTE]; con D.N.I. número [NIF_CIF_DNI_CLIENTE].
Le identifico por su documento nacional de identidad reseñado.
Expresa su firme resolución de otorgar testamento abierto, y teniendo a mi juicio la capacidad legal necesaria para ello, declara y ordena su última voluntad, oralmente, y yo la redacto conforme a las siguientes.
DECLARACIONES
Es natural de [LOCALIDAD], donde nació, hijo/a de los finados Don [NOMBRE] y Doña [NOMBRE], y se halla en estado de casado/a en únicas nupcias con Don/Doña [NOMBRE] de cuyo matrimonio tiene [NUMERO] hijos llamados: [NOMBRE], [NOMBRE] y [NOMBRE].
DISPOSICIONES
PRIMERA.- Lega a su cónyuge, el usufructo universal y vitalicio de todo su haber, con expresa relevación de inventario y fianza, facultándole para tomar posesión por sí mismo de este legado.
SEGUNDA.- Sin perjuicio y dejando a salvo lo dispuesto en las cláusulas anteriores y con cargo a los tercios de libre disposición y mejora, en su caso, lega a [NOMBRE] (hermano del hijo con discapacidad) toda participación o derecho que corresponda al otorgante en los siguientes bienes:
- [DESCRIPCION]
- [DESCRIPCION]
- [DESCRIPCION]
Este legado lo realiza bajo la condición de cuidar y asistir a su hermano (discapacitado) todos los días de su vida. El cuidado y asistencia ha de ser personalizado, conviviendo con el discapacitado y procurando brindarle una educación que le permita el desarrollo de su autonomía personal y posibilite su mayor integración y participación en la sociedad. Solo circunstancias graves de salud justificarían su ingreso en un centro especializado
Para el supuesto de que el legatario incumpliese su obligación por no poder o no querer o premuriese a su hermano discapacitado será sustituido por el descendiente o descendientes del propio legatario que esté dispuesto a cumplir o seguir cumpliendo la condición y en su defecto, por el descendiente o descendientes del otorgante o por la persona que cuide y asista a [NOMBRE] en los términos antes dichos.
Si a [NOMBRE] (legatario condicional) le sobreviniesen circunstancias personales o familiares que le imposibiliten seguir cumpliendo la condición o falleciese antes del disminuido será compensado, por el que ocupe su lugar, con un porcentaje del valor de los bienes legados en proporción a los años en que cuidó y atendió a su hermano (discapacitado).
TERCERA.- Instituye herederos a sus mencionados hijos [NOMBRE], [NOMBRE] y [NOMBRE].
CUARTA.- Sustituye vulgarmente a sus hijos, por sus respectivos descendientes y en su defecto se producirá el acrecimiento.
QUINTA.- Siendo discapacitado su hijo [NOMBRE], sustituyen (1) ejemplarmente al mismo las personas a quienes correspondería ser sus herederos ab intestato.
SEXTA.- Nombra tutor/tutora y en su caso, curador/curadora de su hijo/a [NOMBRE] (discapacitado) para el supuesto de ser necesario, a la hermana/o del/la misma, [NOMBRE].
De haber identificado al testador en la forma expresada, del cumplimiento de todas las formalidades legales en unidad de acto y de lo demás en cuanto proceda, contenido en este instrumento público, extendido en [NUMERO] folios de uso exclusivo notarial, serie [NUMERO], números [NUMERO] y en el presente yo, el notario, DOY FE.
(1) Para su operatividad ha de estar judicialmente incapacitado antes de su fallecimiento, aunque sea con posterioridad al otorgamiento del testamento y al fallecimiento del testador.