Acceso a jubilación antic...ro de 2014

Última revisión
06/06/2014

Acceso a jubilación anticipada de administrador (naturaleza mercantil de la relación laboral, causa de extinción del contrato). Sentencia Social Tribunal Supremo,Sección 1, Rec 1684/2013 de 24 de Febrero de 2014

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 24 de Febrero de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SOUTO PRIETO, JESUS

Núm. Cendoj: 28079140012014100208

Núm. Ecli: ES:TS:2014:1961

Núm. Roj: STS 1961/2014

Resumen
Posibilidad de accesos a la jubilación anticipada de director de empresa con capacidad de representación ante terceros, vocal del Consejo de Administración y titular del 16% del capital social.Se establece que no tiene derecho a la jubilación anticipada ex Art. 161.bis.2 LGSS en su versión conforme a la Ley 40/2007 el vocal del consejo de administración titular del 16% de las acciones, que ostentaba la categoría de director y realizaba funciones de apoderado con capacidad representativa ante terceros, en alta en el RGSS como asimilado a trabajador por cuenta ajena, que fue despedido por causas objetivas con reconocimiento empresarial de la improcedencia en acto de conciliación, basándose para ello en que no concurría el requisito exigido en la letra d, por cuanto, al ser la relación entre las partes mercantil y no laboral, ello impedía que el cese en el trabajo se hubiera producido por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador.El cese en el trabajo no se ha producido por causa no imputable a la libre voluntad del actor, aunque su baja en la empresa se formalizase como un despido, habida cuenta que prestaba servicios como consejero de la sociedad, en la que figuraba incluido en el RGSS como asimilado a trabajador por cuenta ajena, excluyendo el artículo 97.2.k de la Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (actual RDLeg. 8/2015 de 30 de Oct (TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-)-136, LGSS) a los administradores y consejeros asimilados, y que, por tanto, se encuentra fuera de la cobertura de la jubilación anticipada. Naturaleza mercantil, no laboral, de la relación del actor con la empresa.Reitera doctrina SSTS de 22/12/94 (R. 2889/1993), 20/11/02 (R. 337/2002), y Incompetencia del orden social para tratar el despido de socio administrador solidario. Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1652/2006 de 26 de Diciembre de 2007.

Voces

Jubilación anticipada

Régimen General de la Seguridad Social

Trabajador por cuenta ajena

Prestación de jubilación

Desempleo

Fondo de Garantía Salarial

Administrador único

Despido por causas objetivas

Alta dirección

Grupo de cotización

Prestación económica

Situación asimilada alta Seguridad Social

Alta en la seguridad social

Alta en el Régimen General

Régimen especial de trabajadores autónomos

Prestación por desempleo

Garantías salariales

Condición de socio

Administrador solidario

Contrato de Trabajo

Relaciones de trabajo

Extinción del contrato de trabajo

Categoría profesional

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Febrero de dos mil catorce.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación …

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