Última revisión
21/09/2017
Acuerdo de Sala del Tribunal Supremo, Penal, de 24 de Abril de 2013
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Orden: Penal
Fecha: 24 de Abril de 2013
Tribunal: Tribunal Supremo
Resumen:
Acuerdos del Pleno No Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 24-04-2013, sobre la interpretación del art. 416 de la LECrim.
Fundamentos
Tribunal Supremo
Gabinete Técnico
Sala de lo Penal
Acuerdos del Pleno No Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 24 de abril de dos mil trece.
La exención de la obligación de declarar prevista en el art. 416.1 LECRIM alcanza a las personas que están o han estado unidas por alguno de los vínculos a que se refiere el precepto. Se exceptúan:
a) La declaración por hechos acaecidos con posterioridad a la disolución del matrimonio o cese definitivo de la situación análoga de afecto.
b) Supuestos en que el testigo esté personado como acusación en el proceso.
