El artículo 26 de la Ley General de Sanidad autoriza medidas provisionales sin p...de noviembre de 2007
Última revisión
El artículo 26 de la Ley General de Sanidad autoriza medidas provisionales sin procedimiento administrativo previo. Sentencia Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Rec 77/2004 de 14 de noviembre de 2007
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 14 de Noviembre de 2007
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: PICO LORENZO, CELSA
Nº de recurso: 77/2004
Núm. Cendoj: 28079130042007100428
Núm. Ecli: ES:TS:2007:7850
Resumen
Se estima parcialmente el Recurso de Casación en interés de la ley contra la Sentencia de la Sección 3ª de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, sobre inspección sanitaria.En el caso presente nos hallamos ante la problemática derivada de la inmovilización cautelar del aceite de orujo de oliva. La sentencia impugnada declara que es necesaria la instrucción de un expediente para adoptar la medida cautelar. Se fija como doctrina legal que el artículo 26 de la Ley General de Sanidad habilita a las autoridades sanitarias competentes para adoptar las medidas en él contempladas -ante un riesgo inminente y extraordinario para la salud, las autoridades sanitarias deben adoptar las medidas preventivas que estimen pertinentes, tales como la incautación o inmovilización de productos-, sin necesidad de la instrucción previa de un procedimiento administrativo, cuando resulten necesarias para garantizar la protección de la salud de los consumidores.
Voces
Representación procesal
Resarcimiento de daños y perjuicios
Actuación administrativa
Medidas provisionales
Desestimación presunta
Prueba pericial
Contaminación
Intervención administrativa
Derecho a indemnización
Inspección sanitaria
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