Auto Administrativo Nº 85...re de 2009

Última revisión
03/11/2009

Auto Administrativo Nº 85/2010, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 658/2009 de 03 de Noviembre de 2009

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Orden: Administrativo

Fecha: 03 de Noviembre de 2009

Tribunal: TSJ Extremadura

Ponente: MENDEZ CANSECO, ELENA CONCEPCION

Nº de sentencia: 85/2010

Núm. Cendoj: 10037330012009200478

Núm. Ecli: ES:TSJ EXT:2009:512A

Resumen:
FUNCION PUBLICA

Encabezamiento

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

AUTO: 00085/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección : 001

CACERES

00415

Número de Identificación Único: 10037 33 3 2009 0100815

Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000658 /2009

Sobre FUNCION PUBLICA

De D/ña. Estibaliz

Procurador Sr./a. D./Dña.

Contra D/ña. ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO,-S representado por el

A U T O 85

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

DON WENCESLAO OLEA GODOY

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

DON JOSE MARIA SEGURA GRAU/

Cáceres a tres de Noviembre de dos mil nueve.

Antecedentes

PRIMERO.- Por Doña Estibaliz , se interpuso con fecha 11 de Mayo de 2009 recurso contencioso administrativo número 658/2009 frente a la Administración General del Estado.

SEGUNDO: Con fecha 1 de Septiembre de 2009 se presenta por la actora escrito en el que solicita la ampliación del recurso contencioso administrativo haciéndolo extensivo a la resolución de 20.7.2009 dictada por la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia; pasando los autos al Sr. Magistrado Ponente para resolver.

Fundamentos

PRIMERO.- Por presentada los anteriores escritos, la actora interpone recurso contra la Resolución de 17 de Febrero de 2009 de la Dirección General de Relacions amb l?Administració de Justicia del Departament de Justicia de la Generalitad de Catalynya, y contra la de 12.2.2009 de la Subdirección General de Recursos Económicos del Ministerio de Justicia, pretendiendo la ampliación a la resolución expresa de 20 de Julio de 2009 dictada por la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Respecto de la primera Resolución procedente de la Direcció General de Relacions amb l?Administració de Justicia del Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya, habida cuenta de que el fuero electivo no rige cuando se trata de otras Comunidades Autónomas, este Tribunal no es competente para el enjuiciamiento de la primera por lo que podrá interponerse por separado.

En cuanto a la ampliación solicitada a la Resolución de fecha 20 de Julio de 2009, se admite la misma, dando traslado al Sr. Abogado del Estado para que formule contestar a la demanda en término de veinte días.

Por todo lo cual:

Fallo

LA SALA ACUERDA: Declarar la incompetencia de este Tribunal respecto de la Resolución de 17 de Febrero de 2009 de la Direcció General de Relacions amb l?Administració de Justicia del Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya, emplazando a la actora para que comparezca en un mes ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

- Tener por formulada la demanda frente a la Resolución de fecha 12 de Febrero de 2009.

- Tener por ampliado el recurso a la resolución de 20.7.2009.

- Dar traslado al Sr. Abogado del Estado para contestación a la demanda en el término de VEINTE DIAS.

.

Lo acordaron y firman los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen.-

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