Auto Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 821...e Septiembre de 2001
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Última revisión
24/09/2001

Auto Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 8219/1999 de 24 de Septiembre de 2001

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Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Septiembre de 2001

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GARCIA-RAMOS ITURRALDE, JUAN

Nº de recurso: 8219/1999

Núm. Cendoj: 28079130012001201236

Núm. Ecli: ES:TS:2001:10419A

Resumen
Competencia de los Juzgados. Denegación de apertura de farmacia por Colegio Oficial de Farmacéuticos, confirmada por el Consejero de Bienestar social de la Junta de Extremadura. Ha de estarse a la competencia establecida para los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en la Ley 29/98, ex artículo 8.3, respecto de los actos de los organismos, entes, entidades o corporaciones de derecho público cuya competencia no se extienda a todo el territorio nacional. El régimen de recursos es el establecido para las sentencias dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia en segunda instancia (Disposiciones transitorias primera y tercera).

Voces

Corporaciones de derecho público

Doble instancia

Derecho a la tutela judicial efectiva

Indefensión