Auto Administrativo Tribu...ro de 2002

Última revisión
05/02/2002

Auto Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 5060/1996 de 05 de Febrero de 2002

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Orden: Administrativo

Fecha: 05 de Febrero de 2002

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MATEO DIAZ, JOSE

Núm. Cendoj: 28079130022002200066

Núm. Ecli: ES:TS:2002:8221A

Resumen:
DENEGACIÓN DE CONDONACIÓN DE SANCIÓN TRIBUTARIA.- ACLARACIÓN DE SENTENCIA PROCEDENTE.- ERROR MATERIAL MECANOGRÁFICO.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a cinco de Febrero de dos mil dos.

Antecedentes

PRIMERO.- En esta Sala se ha tramitado el recurso de casación 5060/1996, interpuesto por M. Fernández Aldao, S.A., contra la Sentencia dictada el día 23 de diciembre de 1995, por la sección 6ª de la Sala de lo contencioso-administrativo de la audiencia Nacional, recurso 1151/1992, siendo parte recurrida la administración General del estado, y que finalizó por sentencia desestimatoria del recurso de 21 de julio de 2001.

SEGUNDO.- Notificada la Sentencia en fecha de 5 de septiembre siguiente , la parte recurrente ha presentado escrito el día 7 siguiente solicitando aclaración por cuanto en el fallo se hace constar "interpuesto por M. Fernández Almagro, S.A.", en lugar de "M. Fernández Aldao, S.A.".

Siendo ponente el Excmo. Sr. D. José Mateo Díaz de la Sala

Fundamentos

ÚNICO.- Es patente el error material aducido por la parte que, como tal, puede ser rectificado en cualquier momento, tanto de oficio como a instancia de parte, según dispone el art. 267.2 de la LOPJ 6/1985 , de 1 de julio .

En consecuencia, procede la rectificación instada por la parte recurrente.

Por lo expuesto,

Fallo

Se rectifica el error material sufrido en el fallo de la sentencia a que se refieren los antecedentes de esta resolución, en el sentido de que donde se expresa "M. Fernández Almagro, S.A.", debe decir "M. Fernández Aldao, S.A.".

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados..