Auto Administrativo Tribu...ro de 2002

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30/01/2002

Auto Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 6, Rec 558/1998 de 30 de Enero de 2002

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Orden: Administrativo

Fecha: 30 de Enero de 2002

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LECUMBERRI MARTI, ENRIQUE

Núm. Cendoj: 28079130062002200082

Núm. Ecli: ES:TS:2002:8169A

Resumen:
INCREMENTO DOS PUNTOS INTERÉS LEGAL POR FALTA DE DILIGENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL PAGO DE LA CANTIDAD A QUE FUE CONDENADA A PAGAR EN SENTENCIA.

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil dos.

Antecedentes

PRIMERO.- Esta Sala del Tribunal Supremo, en Sentencia de fecha 27 de diciembre de 2000 - notificada el 20 de febrero de 2001- condenó a la administración del estado a pagar a la entidad mercantil Recreativos Alcalaten S.L. la cantidad de 201.741,78 € (33.567.008 pesetas) más los intereses legales de dicha suma a partir de las fechas en que se efectuaron los ingresos hasta la notificación de la Sentencia, incrementándose la cantidad total resultante con el interés legal del dinero desde el día de la notificación de la Sentencia hasta su completo pago, sin perjuicio , en caso de incumplimiento, de aumentar dicho interés legal en dos puntos, de concurrir las circunstancias previstas para ello.

SEGUNDO.- Con fecha 8 de marzo de 2001, el Subdirector General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la justicia del Ministerio de Hacienda comunicó a esta Sala haber recibido el expediente administrativo y la referida Sentencia.

TERCERO.- En fecha 5 de noviembre de 2001 el representante procesal de la entidad mercantil Recreativos Alcalaten S.L. instó la ejecución forzosa de la Sentencia y el pago de los intereses legales con el incremento de dos puntos, invocando el auto de esta Sala y sección de 23 de octubre de 2001 por el que se resuelve un caso análogo de retraso de la Administración en el cumplimiento de la sentencia.

CUARTO.- Por providencia de 22 de noviembre de 2001, se acordó oír al Secretario de Estado de Hacienda para que en el término de diez días alegase lo que estimase oportuno acerca del incremento del interés legal en dos puntos.

Mediante escrito de 11 de diciembre de 2001, el Subdirector General de Recursos , Reclamaciones y Relaciones con la Justicia del Ministerio de Hacienda informa a esta Sala de que por el Ministerio de hacienda se ha debido tramitar un anteproyecto de ley para la concesión de un crédito extraordinario por importe de 26.087.101,17 € (4.340.528.415 pesetas), a fin de poder abonar diversas cantidades, entre ellas la incluida en la Sentencia que aquí interesa.

Siendo ponente el Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí de la Sala

Fundamentos

ÚNICO.- El tiempo transcurrido desde que se comunicó la sentencia al órgano responsable de cumplimentarla hasta la fecha, sin que se haya ejecutado, evidencia una falta de diligencia que determina la aplicación de lo dispuesto en el artículo 106.3 de la Ley de esta Jurisdicción 29/1998, de 13 de julio, con el consiguiente incremento de dos puntos en el interés legal del dinero desde la fecha de notificación de la Sentencia.

Fallo

Incrementar en dos puntos el interés legal de la cantidad que la administración debe pagar a la entidad mercantil Recreativos Alcalaten S.L. desde el día 20 de febrero de 2001, fecha de notificación al representante procesal de la Administración del estado, lo que se comunicará a la Secretaría de Estado de Hacienda.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados..

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