Auto Civil Nº 574/2008, A...yo de 2008

Última revisión
14/05/2008

Auto Civil Nº 574/2008, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 13, Rec 97/2007 de 14 de Mayo de 2008

Tiempo de lectura: 7 min

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Orden: Civil

Fecha: 14 de Mayo de 2008

Tribunal: AP - Barcelona

Ponente: CREMADES MORANT, JUAN BAUTISTA

Nº de sentencia: 574/2008

Núm. Cendoj: 08019370132008200209

Resumen
COMPLEMENTO DE SENTENCIA.- Se acuerda completar la sentencia dictada en el presente rollo, añadiendo a los fundamentos jurídicos, otro, con el ordinal "PRIMERO BIS", que no altera el fallo de la sentencia.- La Sala declara que con el art. 215 LEC y la modificación del 267 LOPJ, se contempla la posibilidad - a solicitud escrita de parte - de subsanar omisiones (carencias de texto o de sus requisitos extrínsecos) en las Sentencias o autos (que hubiesen omitido manifiestamente pronunciamientos relativos a pretensiones oportunamente deducidas y sustanciadas en el proceso, lo que puede constituir incongruencia omisiva o ex silentio), sin necesidad de acudir a la nulidad del art. 240.3, hoy 241 LOPJ (aunque la "respuesta" sería similar por no decir idéntica), mediante completar la Resolución con el pronunciamiento omitido, sin variarla en sus elementos esenciales o remediar la falta de fundamentación con nuevos juicios valorativos; ello, en base a la tutela judicial efectiva del art. 24.1 C.E. de la que forma parte del derecho a obtener de los Jueces y Tribunales una resolución motivada, fundada en Derecho y congruente con las pretensiones oportunamente deducidas por las partes, y en atención a la función estrictamente reparadora y compatible con el principio de invariabilidad de las resoluciones judiciales.Ese complemento puede ser de oficio o a instancia de parte, en determinados plazos, desde la Resolución o desde su notificación respectivamente, y aún sin contradicción, y en el presente caso, resulta procedente atender a lo solicitado por la parte.

Voces

Reconocimiento judicial

Diligencias finales

Nulidad de actuaciones

Incongruencia omisiva

Derecho a la tutela judicial efectiva

Medios de prueba

Indefensión

Valoración de la prueba

Práctica de la prueba

Objeto de la prueba

Inspección ocular

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN 13ª

ROLLO:97/2007-B

A U T O

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. JOAN CREMADES MORANT

Magistrados:

Dª Isabel Carriedo Mompin

Dª Mª dels Àngels Gomis Masque

D. …

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