Última revisión
25/02/2009
Auto Civil Nº 31/2009, Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 6, Rec 3032/2007 de 25 de Febrero de 2009
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Orden: Civil
Fecha: 25 de Febrero de 2009
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: PICATOSTE BOBILLO, JULIO CESAR
Nº de sentencia: 31/2009
Núm. Cendoj: 36057370062009200024
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6
PONTEVEDRA
AUTO: 00031/2009
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
PONTEVEDRA
Sección 006
Domicilio : C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO
Telf : 986817388-986817389
Fax : 986817387
Modelo : 4525A
N.I.G.: 36038 37 1 2007 0600282
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0003032 /2007
Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de VIGO
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001289 /2005
RECURRENTE : María Consuelo
Procurador/a : JOSE FRANCISCO VAQUERO ALONSO
Letrado/a :
RECURRIDO/A : COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DE LA CALLE DIRECCION000 NUM000 , PORTALES NUM001 Y NUM002
Procurador/a : JESUS GONZALEZ-PUELLES CASAL
Letrado/a :
A U T O Nº 37 bis
Iltmos. Sres:
PRESIDENTE D. JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO
MAGISTRADO D. JULIO PICATOSTE BOBILLO
MAGISTRADO DÑA. MADALENA FERNÁNDEZ SOTO
En PONTEVEDRA, a veinticinco de Febrero de dos mil nueve.
Visto en grado de apelación ante la Sección Sexta da Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos de el Juicio ordinario 1289/05, procedentes del Juzgado nº 10 de Vigo , a los que correspondió el rollo 3032/07, en los que aparece como apelante-demandante Doña. María Consuelo , representados por el procurador Sr. Jose Francisco Vaquero Alonso y asistido por el letrado Sr. Jose Santiago Sanchez Oliveira, y como apelado-demandado Comunidad de propietarios del edificio de la DIRECCION000 NUM000 portales NUM001 y NUM002 ; y siendo el magistrado ponente D. JULIO PICATOSTE BOBILLO, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes
PRIMERO- Con fecha 4 de noviembre de 2008, fue practicada por la Sra. Secretaria de esta Sección, Tasación de costas en el presente rollo de apelación.
SEGUNDO- Se confiere el oportuno traslado a todas las partes. Por la procurador Sr. Francisco Vaquero Alonso, se presentó escrito en el que se interesa se tenga por impugnada la tasación practicada, por ser excesivos los honorarios de el Letrado. Y dado el traslado al Letrado Sra. Magdalena se presento escrito mostrando su conformidad con la reducción de la minuta.
Fundamentos
UNICO- Que de conformidad con lo manifestado por ambas partes es procedente rectificar la minuta de el Letrado Sr. Magdalena quedando fijado su importe en QUINIENTOS VEINTIDOS EUROS (522 EUROS) .
Por todo lo expuesto, y por la Autoridad que a este Tribunal otorgan la Constitución y el Pueblo español.
Fallo
Se fijan los honorarios de el Letrado Doña Magdalena en 522 euros iva incluido . Y el importe total de la tasación de costas 945,97 euros( 522 minuta del Letrado más 423,97 euros de derechos del Procurador)
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.
Así, por este auto, lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. arriba referenciados. Doy fe.
EL/LA SECRETARIO
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
