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Auto Civil Nº 82/2005, Audiencia Provincial de Avila, Sección 1, Rec 314/2005 de 14 de Diciembre de 2005
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Orden: Civil
Fecha: 14 de Diciembre de 2005
Tribunal: AP - Avila
Ponente: MOLINA MANSILLA, MARIA CARMEN
Nº de sentencia: 82/2005
Núm. Cendoj: 05019370012005200031
Núm. Ecli: ES:APAV:2005:31A
Resumen
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Piedrahita, sobre eficacia civil de resoluciones eclesiásticas. Se reconoce la eficacia civil de la sentencia del Tribunal Eclesiástico de Ávila que declaró la nulidad matrimonial en cuestión, ya que lo contrario supondría negar virtualidad a los Acuerdos vigentes con la Santa Sede de 3 de enero de 1979, pero sobre todo, porque en la Constitución Española se proclama la disolubilidad del matrimonio que serviría de base para dar eficacia a la sentencia canónica reseñada.
Voces
Rebeldía
Nulidad matrimonial
Ejecución de la sentencia
Comparecencia en juicio
Ejecutoria
Matrimonio civil
Derecho de defensa
Exequatur
Matrimonio canónico
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
AVILA
AUTO: 00082/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
AVILA
Sección 001
Domicilio : PL/ DE LA SANTA NÚM 2
Telf : 920-21.11.23
Fax : 920-25.19.57
Modelo : AUR00
N.I.…
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