Última revisión
13/09/2024
Auto Penal 371/2024 Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección Segunda, Rec. 273/2024 de 17 de junio del 2024
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Orden: Penal
Fecha: 17 de Junio de 2024
Tribunal: AN
Ponente: JOAQUIN DELGADO MARTIN
Nº de sentencia: 371/2024
Núm. Cendoj: 28079220022024200364
Núm. Ecli: ES:AN:2024:4537A
Núm. Roj: AAN 4537:2024
Encabezamiento
A0001
N.I.G.: 28079 27 2 2021 0000208
O.Judicial Origen:JDO. CENTRAL INSTRUCCION N. 1 de MADRID
Procedimiento: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000002 /2021
Ilmos. Sres. Magistrados de la Sala
Dª ANA VICTORIA REVUELTA IGLESIAS
D. JAVIER MARIANO BALLESTEROS MARTÍN
D. JOAQUÍN DELGADO MARTÍN (PONENTE)
En MADRID, a 17 de junio de 2024.
Antecedentes
Fundamentos
En segundo lugar, y frente a las consideraciones del recurso de apelación, esta sala considera que concurren en el caso presente los presupuestos legalmente exigidos para el mantenimiento de la situación de prisión provisional y sin fianza. Efectivamente, hay que tener en cuenta la gravedad de los delitos que se imputan a la recurrente y las altas penas que conllevan según el Fiscal: delito de tráfico de drogas de grave daño, en cantidad de notoria importancia y en el ámbito de una organización criminal, como integrante y colaborador de la misma, hechos constitutivos de un delito del artículo 368, 369, 369 bis del CP, del Código Penal, castigado con pena grave de hasta 13 años y 6 meses de prisión; y delito de Blanqueo de Capitales en el marco de una organización criminal con penas entre 6 y 9 años de prisión. Ello hace presumir el riesgo de fuga por lo que resulta indispensable mantener la prisión preventiva para asegurar la comparecencia de la investigada ante este órgano judicial. Y sin que la presencia de la persona investigada ante la justicia pueda ser garantizada por las medidas menos gravosas a las que se refiere el recurso de apelación (fianza de 10.000 euros en el recurso de apelación, y no superior a 20.000 euros en la vista).
En relación con el riesgo de fuga, es necesario tener presente que Fue necesario emitir Orden de Detención Internacional (auto de 5 de febrero de 2024), tras lo cual fue detenida en el Reino Unido, siendo posteriormente entregada a España el día 23 de febrero de 2024.
Felicidad es trabajadora de la empresa SENTILVER de Marcos, el cual tiene plena confianza en ella. Es la encargada de realizar las diversas recogidas de dinero coordinadas en Barcelona, siendo Baldomero la persona encargada de entregar el dinero. Es la designada por Marcos para desplazarse a Valencia en julio de 2021 y recoger un coche que oculta un millón de euros en su interior para conducirlo hasta Marbella, siendo interceptada por el camino tras una inspección en un control policial establecido en un viaje.
En las primeras recogidas, Abel se queda tranquilo cuando Marcos le dice que Felicidad, a la que llaman la directora, va a ser la encargada de recoger el dinero y repartirlo, lo que apunta a que Felicidad es conocedora de las cuentas que motivan los diversos ingresos, directamente relacionados con la venta de estupefaciente introducido en contenedores de Marcos y Abel.
Felicidad también realiza actividades profesionales para las empresas del grupo, llegando a actuar como testaferro para el conglomerado mercantil y societario. Aparece con cargos ejecutivos en distintas empresas cuyo control final corresponde a Marcos (COSTA RIVIERA SPORT SL, CROUGHS SL, EMARVE GLOBAL TRADE SL, MANGATA BUSINESS & TRADING SL, RIVIERA SPORTMANIA 2018 SL y SPORT & FOOD GYK SL).
Felicidad apenas tiene propiedades a su nombre y su domicilio real durante un largo período de tiempo ha sido una propiedad de la mercantil de la organización CROUGHS SL. Su teléfono móvil personal figuró a nombre de TRUST CONTROL INTERNATIONAL INSPECTIONS AND SERVICES ESPAÑA SL y posteriormente al de MILENIUM HOMES LUXUS SL, empresas controladas por Marcos.
Felicidad está también al tanto de los cobros y movimientos de divisas que recibe la compañía IMPEX FRUIT QUINIENTOS SEIS SA.
Felicidad fue la encargada de recoger en Valencia el vehículo que contenía oculto en el doble fondo del maletero casi un millón de euros y conducirlo hasta Marbella. El hecho finalizó con la intervención policial del dinero, tramitándose expediente sancionador a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. Ella fue plenamente consciente de la cantidad que iba a recoger y del origen del dinero, tal y como se desprende de las intervenciones autorizadas.
Felicidad recibe también transferencias de divisas desde el extranjero, como la cantidad de 10.000 euros de la empresa de EEUU PAPEMASA LLC, representada por Agapito
De esta manera, el auto de 26 de febrero de 2024, que acordó la prisión provisional de la Sra. Felicidad, razonó lo siguiente:
Pues bien, existen numerosas diligencias pendientes de practicar en la fase de instrucción. Entre ellas destacan el análisis de los datos de los dispositivos electrónicos incautados en poder de Felicidad:
El día 23 de febrero de 2024 se dictó auto que autoriza la incautación de los dispositivos electrónicos o informáticos personales tales como teléfonos, tarjetas SIM, dispositivos de almacenamiento de memoria, discos duros y cualesquiera otros análogos que la extradita Felicidad, porte consigo en el momento de ser entregada a las autoridades españolas en virtud de Orden Internacional de Detención
Según el Oficio policial de fecha 23 de mayo de 2024 con número de referencia 2024002400800002113/24 UCDEF-BBCA-GXXV, el día 10 de abril de 2024 se realizó el desprecinto judicial de todos los efectos intervenidos en el marco de la explotación operativa, siendo los efectos informáticos trasladados a las dependencias policiales; y fueron entregados el día 25 de abril de 2024, a la Unidad Central de Ciberdelincuencia, para el volcado de toda la información; y entre ellos se encuentran diferentes dispositivos intervenidos en la DIRECCION000 de Marbella, domicilio de Felicidad; y se informa que se informa que actualmente los efectos informáticos y correos electrónicos están siendo volcados, que hay un gran volumen de información y que todavía no se ha iniciado su análisis.
Y la providencia de 6 de junio de 2024 acuerda lo siguiente: "póngase en conocimiento de la representación procesal de Felicidad, al objeto de dar contestación a la solicitud efectuada por la misma en su momento, que actualmente los efectos informáticos y correos electrónicos están siendo volados por la fuerza policial actuante, que hay un gran volumen de información y que todavía no se ha iniciado su análisis.
Y por otro lado, el oficio de la UDEF Central de 26 de abril de 2024 (Registro de Salida número 2024002400800001788/24 UCDEF-BBCA-GXXV) explica el destino dado por Felicidad a la cantidad de 499.870 euros que fueron devueltos por el SEPBLAC; y para continuar con las investigaciones de dicho destino, el Juzgado ha dictado auto de fecha 21 de mayo de 2024 librando mandamiento para la obtención de determinados datos bancarios.
Todo ello sin perjuicio de que el avance de la instrucción pueda determinar un incremento o un debilitamiento de los indicios frente a la recurrente.
Por todo ello la decisión del Juzgado de Instrucción resulta adecuada, debiendo ser confirmada con desestimación del recurso, cuyas costas se declaran de oficio ( art. 240 LECrim
Fallo
Notifíquese a las partes haciéndose saber que contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Remítase testimonio de este auto al Juzgado para su conocimiento y efectos pertinentes.
