Auto Penal Nº 1440/2016, ...re de 2016

Última revisión
16/09/2017

Auto Penal Nº 1440/2016, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 26, Rec 2027/2016 de 30 de Noviembre de 2016

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Tiempo de lectura: 22 min

Orden: Penal

Fecha: 30 de Noviembre de 2016

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: TORROJA RIBERA, LUCIA MARIA

Nº de sentencia: 1440/2016

Núm. Cendoj: 28079370262016200017

Núm. Ecli: ES:APM:2016:1048A

Núm. Roj: AAP M 1048/2016


Encabezamiento


Sección nº 26 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 10 - 28035
Teléfono: 914934479
Fax: 914934482
GRUPO TRABAJO AMP
37051030
N.I.G.: 28.079.00.1-2016/0221131
251658240
Apelación Autos Violencia sobre la Mujer 2027/2016
Origen : Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Leganés
Diligencias Previas Proc. Abreviado 46/2016
Apelante: D. Arcadio
Procurador: D. JOSE IGNACIO DE NORIEGA ARQUER
Letrado: D. MARCO ANTONIO MATEOS ANTELO
Apelado: MINISTERIO FISCAL
Ilmos./as. Sres./Sras. Magistrados/as:
Dª LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA (PONENTE)
D. EDUARDO JIMÉNEZ CLAVERÍA IGLESIAS
D. JOSÉ MARÍA CASADO PÉREZ
AUTO Nº 1440/2016
En Madrid, a 30 de noviembre de 2016.

Antecedentes


PRIMERO.- Con fecha 7 de abril de 2016 se dictó auto por el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 1 de Leganés en las diligencias urgentes nº 50/16 , en el que se acordaba el dictado de orden de protección a favor de Palmira .



SEGUNDO.- Interpuesto recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el mencionado auto por la representación procesal de Arcadio y admitido a trámite, se dio traslado del mismo a las partes, impugnándolo el Ministerio Fiscal. El recurso de reforma fue desestimado por auto de fecha 26 de mayo de 2016, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.

Expresa el parecer de la Sala como ponente Dña. LUCÍA MARÍA TORROJA RIBERA.

Fundamentos


PRIMERO.- El Letrado don Marco Antonio Mateos Antelo, actuando en nombre y representación de Arcadio , formuló recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el auto dictado en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Leganés (Madrid) en las diligencias urgentes de juicio rápido número 50/2016 con fecha 7 de abril de 2016 , aclarado por el auto dictado con la misma fecha.

Alegaba en su recurso que no concurrían en el supuesto de autos los requisitos exigidos en el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , porque la declaración de la denunciante estuvo llena de ambigüedades y contradicciones, sin concretar hechos ni momentos en los que se produjeron, no habiendo quedado acreditar la existencia de una situación objetiva de riesgo para la misma, por todo lo cual solicitaba la revocación de la resolución recurrida.



SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal en su escrito de impugnación al recurso solicitó la confirmación de la resolución recurrida.



TERCERO.- Por auto de fecha 26 de mayo de 2016 se desestimó el recurso de reforma interpuesto contra el auto dictado con fecha 7 de abril de 2016 .



CUARTO.- El recurso no puede prosperar.

La medida cautelar consistente en la orden de alejamiento tiene por objeto dar protección a los perjudicados, esto es, tomar las decisiones necesarias para hacer cesar la actividad dañosa.

Ahora bien, tales medidas deben reunir requisitos tales como idoneidad, proporcionalidad y ausencia de perjuicio para tercero de buena fe, debiendo estar suficientemente motivadas, en cuanto que se trata de medidas restrictivas de derechos respecto de la persona sometida al proceso penal.

Tampoco es preciso para su adopción que lo solicite la persona en principio interesada o beneficiaria de la misma.

La Sala, examinado el testimonio de particulares remitido a los efectos de la resolución del recurso, considera que el auto recurrido es conforme a derecho y se debe mantener.

Así resulta del atestado obrante a los folios 1 y siguientes, en el cual efectivos de la policía local de Madrid hacían constar que se habían personado en el domicilio sito en la CALLE000 , número NUM000 , piso NUM001 - NUM001 de Leganés (Madrid), desde el cual una persona había llamado para informar de que su padre estaba agrediendo a su madre. Que, una vez en dicho domicilio, les abrió la puerta un hijo del matrimonio, Iván , que le manifestó: 'Ya está bien, no aguanto más, siempre está pegando a mi madre, ahí lo tenéis'. Que al entrar en el domicilio, se encontraron a un varón y a una mujer en el salón, que el hombre se encontraba de pie y la mujer sentada en una silla, llorando. Que el varón les manifestó que su mujer se gasta el dinero, que sus hijos están en contra de él y que ella es la que le pega, que él sólo la separa para que ella no le pegue. Que la mujer, Palmira , en estado de nerviosismo y entre sollozos, les manifestó: 'Me va a matar'. Que les dijo que ese día había ocurrido lo mismo que todos los días, que suele venir bebido y tira todo lo que encuentra encima de la mesa, que se ha puesto agresivo con ella y, al intentar llamar a sus hijos para que volvieran a casa, se ha abalanzado sobre ella, intentando arrebatarle el teléfono, zarandeándola y empujándola. Que esto es habitual e incluso en una ocasión la arañó toda la cara y que la insulta llamándola 'puta' y 'zorra' y le ha dicho en varias ocasiones: 'Voy a comprar una pistola y te voy a matar'.

En su declaración prestada en la comisaría de policía, Palmira indicó que, sobre las 13,40 horas del día 6 de abril, su marido, Arcadio , con el que ha mantenido una relación durante 51 años, teniendo en común tres hijos, Iván , de 51 años, Abilio , de 50 años, y Blas , de 47 años, la había maltratado desde el día en que se casó, humillándola, insultándola, amenazándola y agrediéndola físicamente, si bien no le denunció antes por miedo. Que su marido bebe mucho alcohol y se pone muy agresivo con ella, que tiene muchos celos de sus hijos y de pequeños les pegaba. Que ha sido su cumpleaños y sus hijos le han dado una sorpresa, yendo a su casa, que su marido se encontraba borracho, diciendo cosas incoherentes y no le hacían caso. Que su hijo Abilio ha recriminado su actitud a su padre y, de repente, éste se ha puesto en plan intimidatorio contra ella, diciéndole: 'La que estás liando, la que estás liando'. Que se ha tapado la cara con el brazo y su marido le ha propinado un golpe en dicho brazo, tras lo cual su hijo Abilio ha llamado a la policía. Que en una ocasión le arañó toda la cara, teniendo que acudir al hospital y que la insulta con expresiones tales como: 'Loca, que estás loca', 'puta', 'guarra', 'estás con unos y con otros', 'zorra' y le ha repetido en varias ocasiones: 'Voy a comprar una escopeta y te voy a matar'. Que le suele quitar el dinero, tiene depresiones y toma medicación debido a cómo la trata su marido. Que es celoso y machista y consume alcohol, que ha roto cuadros y jarrones y la ha obligado a mantener relaciones sexuales en contra de su voluntad y que ya no quiere vivir con él.

En su declaración en sede judicial, obrante a los folios 33 a 37, la denunciante manifestó que hace mucho tiempo que están juntos, pero no se hablan ni nada. Que él tiene problemas con el alcohol y no lo reconoce y ella ha cogido una depresión por culpa de sus borracheras. Que ese día, cuando estaba sentada en una silla, él se dirigió hacia ella con intención de propinarle un puñetazo, ella se puso la mano delante para protegerse, su hijo se puso nervioso y retuvo a su marido y ellos empezaron a discutir, su hijo dijo que iba a llamar a la policía y llegó la policía. Que desde que se casó la está maltratando, hace 51 años. Que le ha pegado muchas veces, que hace unos años le clavó las cinco uñas en la mejilla y fue al hospital, pero luego retiró la denuncia. Que la última vez que la agredió fue ayer y hace dos meses, que le pegó una patada en el cuádriceps derecho. Que ese día también le pegó a él y le dio un tortazo en la cara en defensa. Que ese día fue porque llegó borracho y ella se pone nerviosa cuando llega borracho. Que ese día él la golpeó en el muslo derecho. Que hace dos meses la insultó, diciéndole 'puta' y 'loca'. Que ese día le dio una patada y ella se la devolvió. Que otro día la iba a pegar y ella cogió una silla para defenderse, se dio en la ceja y le decía: 'Mira lo que me has hecho' y él decía: 'Te lo has hecho tú sola'. Que un día estaba barriendo el comedor y le dio con el cepillo sin querer, que él cogió el cepillo y se lo metió entre las piernas a ella y quería romperlo. Que le dice muchas veces que va a comprar una escopeta y les va a matar a sus hijos y a ella. Que al principio la quería mucho e iba detrás de ella y ahora dice que todos los desprecios que le ha hecho ella antes, se los está haciendo ahora él a ella. Que dice que es una 'guarra', una 'perra' y que se está comiendo su dinero. Que está en tratamiento psicológico desde hace 27 años por culpa de sus borracheras. Que tira los cuadros y rompe los cristales. Que le tiró un jarrón lleno de arenilla con unas flores, se llenó el salón de arena y tuvo que llamar a sus hijos para que lo limpiaran porque ella no puede. Que también le tiró en la cocina un cuenco. Que la obligaba a mantener relaciones sexuales hace ya muchos años y alguna vez hasta le ha roto las bragas porque lo hace a lo bruto, pero la última vez que la obligó fue hace muchos años. Que ella se creía siempre que eso era normal porque ella es de las antiguas, de pueblo. Que al principio, la tenía en palmitas y esta situación duró mientras estuvo criando a sus hijos. Que una vez la pegó delante de un primo hermano de ella porque le llamó borracho. Que nunca le ha dado una paliza grande. Que las agresiones más fuertes han sido moratones en los brazos. Que hace muchos años la agarró del brazo y la tiró al suelo. Que con el paso del tiempo se ha vuelto más violento. Que tiene miedo de él y lo que quiere es que se dicte una medida para que se aleje de ella.

En su declaración en la comisaría Iván , como consta a los folios 21 y 22, manifestó que es hijo de Arcadio y Palmira . Que había acudido al domicilio de sus padres porque era el cumpleaños de su madre y le quería dar una sorpresa. Que llegó sobre las 13 horas y vio a su padre bajando las escaleras y momentos después, éste regresó al domicilio. Que su padre venía en estado de embriaguez, lo que es habitual, ya que tiene problemas de alcoholismo hace muchísimos años. Que ha comenzado a decir cosas sin sentido e incoherentes, pero no le hacían caso para que no se pusiera peor y su actitud se volviera más violenta. Que en el domicilio estaba también su hermano Abilio que también le iba a dar una sorpresa a su madre con motivo de su cumpleaños. Que Abilio ha comenzado a decirle que no era normal que estuviera así y su padre se ha puesto a la defensiva, diciendo: 'No me queréis', haciéndose la víctima. Que estando su madre sentada en una silla, su padre se ha dirigido hacia ella y le ha gritado a escasos metros de su cara, en plan intimidatorio: 'La que estás liando, la que estás liando'. Que su madre ha puesto un brazo por delante de su cara para evitar que la agrediera, pero su padre le ha propinado un fuerte golpe en el brazo, teniendo que intervenir para separarles, viendo que su madre estaba con mucho miedo. Que le ha dicho que iba a llamar a la policía y él ha contestado: 'Pues venga, llama, llama', llamando él a la policía. Que su madre viene sufriendo malos tratos físicos y psicológicos desde que contrajeron matrimonio, ya que su madre le ha contado en numerosas ocasiones episodios de malos tratos, tales como que le decía que iba a comprar una escopeta y les iba a matar tanto a ella como a sus hijos, insultos como 'puta', 'guarra', 'loca' y amenazas de muerte con un cuchillo.

Que en algunos períodos de tiempo su madre se ha tenido que marchar a vivir con alguno de sus hijos, ya que estaba muy depresiva por el trato que recibe de su marido. Que incluso cuando él y sus hermanos eran pequeños les agredía con una fusta. Que su padre tiene muchos celos tanto de él como de sus hermanos.

En sede judicial, como consta a los folios 68 a 40, ratificó sus anteriores declaraciones, indicando que su padre levantó la mano a su madre e iba a darle, que le retiró la mano, le empujó, le retiró y llamó a la policía.

Que siempre les pegaba de pequeños y cree que también ha pegado a su madre, pero ella no se lo decía. Que era habitual que les pegara con una fusta, sobre todo a los dos chicos, a su hermana no. Que ha visto a su padre insultar a su madre y que es un alcohólico. Que está claro que su padre es capaz de matar a su madre.

Arcadio , como obra a los folios 44 a 46, indicó en sede judicial que le intentó quitar el móvil a su mujer, que llevaba metido en un bolso, porque llevaba dos y él quería quedarse con uno. Que no se abalanzó sobre ella, que ella se resistía a que lo cogiera y se lo arrebató, que es posible que le hiciera un roce para quitárselo, pero no la zarandeó. Que cuando estaban sus hijos no es cierto que intentara darle un puñetazo, que se agachó para intentar quitarle otra vez el móvil porque su hijo se lo había quitado. Que no es cierto que la insulte y que ella también le ha pegado a él dos o tres veces. Que hace dos meses no le dio una patada, que le puso la pierna estirada para que ella no le agrediera a él. Que no es cierto que la amenace, diciéndole que va comprar una escopeta para matarla a ella y a sus hijos. Que es cierto que en una ocasión ella le dio en una ceja con una silla, pero no lo hizo con intención. Que tampoco es cierto el incidente de la escoba relatado por ella ni que la insulte constantemente. Que nunca ha pegado a sus hijos con la fusta, pero sí hacía movimientos con la fusta, sin llegar a pegarles. Que no tiene problemas con el alcohol, que solamente se toma dos o tres chatos de vino, sin llegar a estar borracho. Que no es cierto que durante muchos años la obligara a mantener relaciones sexuales, ni que le rompiera las bragas. Que la cogía de las enaguas. Que ha sido condenado por una ocasión en que le clavó las uñas, pero continuó la convivencia con ella. Que quien maneja el dinero de casa es ella, que ha trabajado muchos años, pero no ha estado nunca dada de alta.

De la hoja histórico - penal del denunciado resulta que el mismo fue condenado en sentencia firme de fecha 24 de noviembre de 2005 por un delito de malos tratos en el ámbito familiar.

Después del dictado del auto recurrido, prestó declaración en sede judicial Blas , como consta a los folios 90 a 92, manifestando que ha estado conviviendo con sus padres hasta los 32 años y lleva fuera del domicilio 15 años. Que les ve a menudo, que iba mucho a la casa y lo hacía por su madre. Que su padre siempre ha sido bebedor y es agresivo, sobre todo con su madre. Que dice palabras muy feas. Que le ha visto llegar bastante borracho y siempre metiéndose con su madre. Que la chillaba y amenazaba, le decía que le iba a hacer la vida imposible, insultándola, llamándola 'borracha', 'mala persona', 'guarra', 'sinvergüenza' y muchas cosas desagradables. Que ella cogía a su madre y se la llevaba a su casa por temporadas, dejándole solo. Que nunca le ha visto pegar a su madre, si bien ha visto a su madre con señales en la cara, sobre el año 2005, en que tenía toda la cara llena de arañazos. Que tuvieron un juicio y no recuerda si fue condenado por estos hechos. Que le ha visto cardenales en los brazos, en el año 2006. Que cree que algún día va a pasar algo. Que su madre siempre ha estado con depresiones, pero nunca le ha dicho que su padre la maltrataba, aunque ella lo sospechaba. Que cuando le ha preguntado, su madre le ha contado que le ha pegado, que una vez llegó borracho y le dio un guantazo. Que muchas cosas no se las cuenta por apuro. Que también le dijo que la había forzado a hacer cosas que no quería. Que han intentado llevar a su padre a curarle y no ha querido nunca. Que cuando le dio el guantazo, la tiró al suelo. Que los tirones de pelos, zarandeos y agarrones son todos los días y también tirarle la comida para que su madre la recoja. Que en una semana se ha gastado 700 €, según las cartillas, para beber. Que ha decidido junto con sus hermanos llevar a su madre a sus casas.

Que a ella no la ha maltratado ni humillado su padre, pero a sus hermanos sí. Que les ha dado unas palizas tan grandes que no se podían ni mover. Que le pegaba con una fusta de toro y su madre chillaba. Que esto lo ha visto muchas veces. Que su hermano mayor ha sufrido mucho y se hacía hasta pis con 14 años. Que han sufrido mucho. Que su padre, de cara a los vecinos y a todo el mundo, es majísimo, pero en casa muy mal y no quiere a nadie. Que los tres hermanos se han vuelto una piña y protegen a su madre. Que su madre sólo les ha dado amor y ternura. Que ellos han cogido la parte de su madre, que la de su padre es odiosa.

Que el comportamiento de su padre ha ido a peor y es vergonzoso. Que en familia dice cosas, incluso delante de menores, como que 'esta mujer ya no quiere cama'. Que este verano llegaron a casa de su madre para llevársela con los niños y su padre, de malos modos, cogió a uno de los nietos muy fuerte y su hermano le dijo que no cogiera a su hijo así. Que han intentado ingresarle en un centro, pero no quiere curarse. Que tiene una falta de respeto continua y cuando bebe alcohol, insulta a todo el mundo y no respeta ni a los nietos. Que cuando se mete con su madre dice y hace cosas muy desagradables. Que no recuerda nada bonito en su casa y temía volver a su casa después de trabajar. Que desde este verano la situación se ha agravado más.

Abilio declaró en igual sede, como consta a los folios 93 a 95, que hace veinte años que no vive con sus padres. Que ha sido testigo de los malos tratos psicológicos y las agresiones a su madre han sido siempre cuando estaban solos. Que su padre lleva bebiendo toda la vida. Que cuando se separó, estuvo viviendo con sus padres cinco meses y presenció malos tratos psicológicos de su padre a su madre. Que, cuando venía borracho, se metía con su madre y con él. Que es como si tuviera envidia de sus hijos y le decía a su madre que sus hijos eran unos sinvergüenzas. Que también provocaba situaciones para que él le pegara porque quería verle en la cárcel. Que insultaba a su madre y a la familia de su madre. Que cuando está bebido es horrible. Que la llamaba de todo lo peor, que no lo quiere recordar. Que son experiencias muy malas. Que su padre no sabe leer ni escribir, aunque ha sido un buen trabajador, pero le falta tener un poco de cordialidad con sus hijos y su mujer y nunca ha sido un buen padre. Que cuando estaba borracho, se metía con su madre y la llamaba vaga y otras cosas más. Que el día 6 de abril fueron a ver a su madre porque era su cumpleaños y él empezó a meterse con ellos. Que se metió con su madre, la tiró a una silla de un empujón y su madre cayó en la silla, su padre cogió un móvil y se quería ir. Que su padre le ha maltratado, pegándole con 12 años con una fusta de toro. Que recuerda desde los seis hasta los 12 años que le daba palizas con el cinturón, con las manos, con la fusta, con lo que pillara. Que a partir de los 12 años dejó de pegarle porque ya estaba alto como en la actualidad. Que a su hermano también le ha pegado mucho y a su hermana le ha pegado menos, a lo mejor un guantazo. Que la que peor lo ha pasado ha sido su hermana porque era la que estaba en casa.

Que su madre se ponía a llorar. Que en la actualidad su madre está con los hijos, ahora con su hermana. Que su madre les ocultaba muchas cosas y no les contaba la verdad. Que sabe que su padre ha maltratado a su madre, pero no lo ha visto. Que lo único que han visto su hermano y él fue el episodio del día 6 de abril.

A los folios 111 a 114 figura el informe médico forense efectuado al denunciado y a los folios 126 a 132, la pericial psicológica realizada sobre los miembros de la familia.

En el auto recurrido, la Magistrado Juez a quo acordaba el dictado de orden de protección, considerando que, a la vista de las declaraciones de la víctima, tanto en sede policial como ante la Juzgadora, sus manifestaciones han sido uniformes y creíbles, relatando cómo su marido la ha venido maltratando habitualmente, concretando episodios específicos de violencia coincidentes con los expuestos en la comisaría de policía, sin apreciar en su testimonio ningún posible móvil espurio, habiendo sido corroborado el último de los hechos denunciados, ocurrido supuestamente el día 6 de abril, por la testifical de uno de sus hijos, cuya declaración ha sido coincidente con la de su madre.

Apreciaba la existencia de indicios racionales de criminalidad contra el acusado y de una situación objetiva de riesgo para la vida y/o la integridad física de la denunciante, dada la gravedad de los hechos denunciados, que se refieren a toda la vida matrimonial, y el antecedente penal existente por otro delito de violencia de género contra la ahora denunciante, así como el problema de alcoholemia y carácter agresivo del denunciado, relatado por la denunciante y su hijo.

Lo cierto es que en el supuesto de autos ha quedado acreditada la concurrencia de los dos presupuestos que exige el artículo 544 ter de la Ley de Enjuciamiento Criminal para el dictado de la orden de protección, al existir indicios de la comisión de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, así como de la existencia de una situación objetiva de riesgo para la integridad física de la denunciante, cuyas declaraciones han sido verosímiles, ausentes de móviles espurios y persistentes en la incriminación, encontrándose corroboradas por las declaraciones de sus tres hijos, que han manifestado, a su vez, especialmente los varones, haber sido objeto de malos tratos durante su infancia por parte de su padre, así como que su madre había ocultado la situación de malos tratos de la que era víctima que, sin embargo, uno de los varones, Abilio , había apreciado durante un breve período que vivió con sus padres tras su separación.

Por otra parte, incluso de las propias declaraciones del denunciado se deduce la veracidad de los hechos relatados por su mujer y por sus hijos, puesto que el mismo admite que empleó una fusta contra su hijos cuando éstos eran pequeños, que cuando tenía relaciones íntimas con su mujer, la cogía de las enaguas, que el día 6 abril le arrebató el móvil porque ella se resistía y es posible que la rozara para quitárselo y que ella también le ha pegado, lo que implica que, a su vez, él la ha pegado a ella.

A todo ello, ha de añadirse la existencia de un problema claro de alcoholismo en el denunciado, que ya fue condenado en el año 2005 por un delito de malos tratos en el ámbito familiar cometido contra su esposa, todo lo cual nos conduce a la desestimación del recurso y a la confirmación de la resolución recurrida.



QUINTO.- Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 del Código Penal y 240 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , procede la declaración de oficio de las costas procesales causadas en esta instancia.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación al caso,

Fallo

La Sala acuerda que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Arcadio contra el auto dictado en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Leganés (Madrid) en las diligencias urgentes de juicio rápido número 50/2016 con fecha 7 de abril de 2016 , aclarado por el auto dictado con la misma fecha, debemos confirmar y confirmamos íntegramente ambas resoluciones, con declaración de oficio de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno, y remítase al Juzgado de procedencia testimonio de lo acordado junto con las actuaciones.

Así por nuestra resolución, pronunciamos, mandamos y firmamos.

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