Última revisión
30/06/2011
Auto Penal Nº 147/2011, Audiencia Provincial de Huelva, Sección 3, Rec 5/2011 de 30 de Junio de 2011
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Orden: Penal
Fecha: 30 de Junio de 2011
Tribunal: AP - Huelva
Ponente: PONTON PRAXEDES, ANTONIO GERMAN
Nº de sentencia: 147/2011
Núm. Cendoj: 21041370032011200218
Núm. Ecli: ES:APH:2011:710A
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
Sección Tercera
Rollo número: 5/2011
Procedimiento: Cuestión de Competencia
A U T O
Iltmos. Sres.:
D. JOSE MARIA MENDEZ BURGUILLO
D. ANTONIO G. PONTON PRAXEDES
D. LUIS G. GARCIA VALDECASAS GARCIA VALDECASAS
En Huelva, a 30 de Junio de 2011.
Antecedentes
UNICO.- Que en las Diligencias Previas número 950/2010 se ha planteado cuestión de Competencia Negativa entre el juzgado de Instrucción número Cinco de esta Capital y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Moguer.
Fundamentos
UNICO .- Para la adecuada resolución de la presente Cuestión de Competencia negativa planteada entre el Juzgado de Instrucción número Cinco de esta Capital y el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Moguer en el seno de las presentes Diligencias Previas nº 959/2010, ha de tenerse en cuenta el resultado de las diligencias de investigación hasta el momento practicadas.
En efecto con fecha 5 de Abril de 2010 se remitió al citado Juzgado de Instrucción nº 5 de esta Capital procedente del juzgado de Instrucción nº 1 Atestado de la Guardia Civil de Punta Umbría en el que se Denunciaba por Romulo y Vicente un presunto delito de Amenazas con Armas de fuego contra Carlos Miguel, Denuncia que dio lugar a la incoación de las presentes Diligencias Previas nº 950/2010 y en el curso de la oportuna investigación se detectaron la posible existencia de otros hechos delictivos en concreto de un delito Contra los Derechos de los Trabajadores, emitiéndose por la Guardia Civil Informe en el que se describían hasta cuatro presuntas tramas delictivas , entre ellas en relación con la entidad Frutas Cerezo y con el Locutorio Atlantis, ambas con sede en Moguer.
En este contexto por el Juzgado de Instrucción nº 5 se acordó deducir testimonio de esas concretas actuaciones remitiéndolas a los Juzgados de Moguer.
En fecha 3 de Septiembre de 2010 el Juzgado de Instrucción nº 1 de Moguer dicto Auto rechazando su competencia al estimar que se trataba de una única presunta trama delictiva que afectaba a varias localidades de esta Provincia.
Argumentación esta del Juzgado Moguer que no compartimos pues del citado Informe emitido por la Guardia Civil f. 301 a 315 se concluye que en esos hechos investigados es dable apreciar esas cuatro presuntas tramas ilícitas y no una sola como se alega en el referido Auto.
En su consecuencia nos hallamos ante hechos no conexos sino independientes y por consiguiente al amparo del articulo 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto de los relativos a las citadas empresas Frutas Cerezo y Locutorio Atlantis la competencia para su conocimiento corresponde al Juzgado de Instrucción nº 1 de Moguer
Fallo
La sala ACUERDA
RESOLVER la presente CUESTION DE COMPETENCIA, en el sentido de declarar la competencia del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE MOGUER respecto de los citados Hechos cuyo desglose se llevó a efecto por el juzgado de Instrucción nº 5 de esta Capital.
Remítanse al Juzgado de procedencia las actuaciones con certificación de esta resolución para cumplimiento de lo acordado.
