Auto Penal Nº 206/2011, A...re de 2011

Última revisión
30/09/2011

Auto Penal Nº 206/2011, Audiencia Provincial de Huelva, Sección 3, Rec 16/2011 de 30 de Septiembre de 2011

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Orden: Penal

Fecha: 30 de Septiembre de 2011

Tribunal: AP - Huelva

Ponente: PONTON PRAXEDES, ANTONIO GERMAN

Nº de sentencia: 206/2011

Núm. Cendoj: 21041370032011200264

Núm. Ecli: ES:AP H:2011:933A

Resumen:
21041370032011200264Órgano: Audiencia ProvincialSede: HuelvaSección: 3Nº de Resolución: 206/2011Fecha de Resolución: 30/09/2011Nº de Recurso: 16/2011Jurisdicción: PenalPonente: ANTONIO GERMAN PONTON PRAXEDESProcedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADOTipo de Resolución: AutoIdioma:Español

Encabezamiento

Audiencia Provincial de Huelva Sección. 3ª

Nº Procedimiento: Procedimiento Abreviado 16/2011

Asunto: 300705/2011

Procedimiento Origen: Proc. Abreviado 61/2010

Juzgado Origen: JUZGADO MIXTO Nº2 DE LA PALMA DEL CONDADO

Negociado: FC

Contra: Alexis

Procurador:

Abogado:

Ac.Part.:

Procurador:

Abogado:

AUTO Nº

Iltmos/as. Sres/as:

PRESIDENTE D/Dña. JOSÉ MARÍA MÉNDEZ BURGUILLO

MAGISTRADO D/Dña. ANTONIO GERMÁN PONTÓN PRÁXEDES

MAGISTRADO D/Dña. LUIS GUILLERMO GARCÍA VALDECASAS

En Huelva, a 30 de septiembre de 2011

Antecedentes

ÚNICO.- Que por la Oficina de Registro y Reparto de la Audiencia Provincial de Huelva se ha turnado a la Sección Tercera el Procedimiento Abreviado número 61/10 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de La Palma del Condado contra Alexis por un presunto delito continuado de receptación.

Fundamentos

ÚNICO.- Visto el contenido del escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal de fecha 26/11/10 que considera competente el Juzgado de lo Penal para el enjuiciamiento y fallo de la causa seguida contra Alexis , es procedente declarar la imcompencia de esta Audiencia Provincial de Huelva para conocer de las actuaciones y remitir la misma al Decanato de los Juzgados de Huelva para su reparto al Juzgado de lo Penal que por turno le corresponda.

Fallo

DECLARAR LA IMCOMPETENCIA de esta Audiencia Provincial de Huelva para el conocimiento de la causa seguida contra Alexis por un presunto delito continuado de receptación, debiendo remitirse al Decanato de los Juzgados de Huelva para su reparto al Juzgado de lo Penal que por turno le corresponda.

Contra la presente resolución cabe recurso de SUPLICA que puede interponerse ante este Tribunal mediante escrito autorizado por Abogado y Procurador en el plazo de TRES DIAS contados desde el siguiente al de su última notificación.

Para la admisión a trámite del recurso interpuesto por la acusación popular, deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de esta Sala abierta en Banesto nº 1951 0000 74 0016 11, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo "Concepto" que se trata de un recurso seguido del código "10" y "Penal-Súplica", de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial , salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5 de la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así, por este auto, lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. que lo encabezan. Doy fe.

MAGISTRADOS EL SECRETARIO