Auto Penal Nº 465/2011, A...re de 2011

Última revisión
02/12/2011

Auto Penal Nº 465/2011, Audiencia Provincial de Huelva, Sección 2, Rec 347/2011 de 02 de Diciembre de 2011

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Orden: Penal

Fecha: 02 de Diciembre de 2011

Tribunal: AP - Huelva

Ponente: BODEGA DE VAL, ANDRES

Nº de sentencia: 465/2011

Núm. Cendoj: 21041370022011200506

Núm. Ecli: ES:AP H:2011:878A

Resumen:
21041370022011200506 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Huelva Sección: 2 Nº de Resolución: 465/2011 Fecha de Resolución: 02/12/2011 Nº de Recurso: 347/2011 Jurisdicción: Penal Ponente: ANDRES BODEGA DE VAL Procedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO Tipo de Resolución: Auto Idioma: Español

Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCION SEGUNDA

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

D. FRANCISCO MARTÍN MAZUELOS

MAGISTRADOS:

D. FLORENTINO G. RUIZ YAMUZA

D. ANDRÉS BODEGA DE VAL

APELACIÓN ROLLO Nº 347/2011

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 205/2011

JUZGADO DE MENORES Nº1 DE HUELVA

A U T O Nº 465

En la ciudad de Huelva a dos de diciembre de dos mil once.

La Audiencia Provincial de Huelva Sección. 2ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra auto dictado en la diligencias referenciadas, sobre delito de revelación de secretos, cuyo recurso fue interpuesto por MINISTERIO FISCAL.

Antecedentes

PRIMERO.- El Ilmo. Sr. magistrado Juez del JUZGADO DE MENORES Nº1 DE HUELVA, el día 16 de septiembre de 2011, dictó auto cuya parte dispositiva acuerda denegar la diligencia de averiguación interesada por el Fiscal .

SEGUNDO.- Contra dicha resolución interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación la representación de MINISTERIO FISCAL y seguidos los correspondientes trámites, se elevaron los autos a esta audiencia donde se formó el rollo y se señaló el día para la votación y decisión del recurso.

Ha sido ponente el Ilmo.Sr. Magistrado D. ANDRÉS BODEGA DE VAL, quien expresa el parecer el Tribunal.

Fundamentos

PRIMERO.- Se recurre el auto que denegó la diligencia de instrucción consistente en recabar los datos de identidad de creación de ciertas cuentas de correo electrónico; alega el Fiscal que la medida es de interés para el esclarecimiento de la autoría de un posible delito de descubrimiento o revelación de secretos, y que probablemente se ha cometido por un menor, lo que da competencia al juzgado especial, así como que no hay prescripción.

SEGUNDO .- La Sala, dejando de lado las sólidas razones que invoca la Juez a quo (en particular la falta de cualquier indicio que permita afirmar que el sospechoso a quien se busca pueda ser menor de edad), da por válida una que es suficiente para rechazar la medida: que en ese caso - menor edad del por ahora ignorado autor de los hechos- , única posibilidad de entenderse competente el órgano especial para adoptar la diligencia que se interesa, el hecho estaría prescrito pues no es la prosecución del expediente en fiscalía lo que interrumpe el cómputo de plazo desde la fecha de comisión del hecho, como alega el Fiscal, sino que las actuaciones se dirijan contra cierta persona respecto a la que se pretenda hacer valer la acción punitiva o correctora; y contra nadie se dirige tal pretensión en esta causa.

TERCERO .- Se desestima por lo tanto la apelación intentada.

Vistos los preceptos citados y demás de pertinente y general aplicación.

Fallo

Por cuanto antecede LA SALA ACUERDA: DESESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por MINISTERIO FISCAL contra auto de fecha 16.9.2011, dictado por el Ilmo. Sr. magistrado Juez del JUZGADO DE MENORES Nº1 DE HUELVA y el de fecha de 27 de octubre de 2011 desestimatorio del recurso de reforma y CONFIRMAR dichas resoluciones, declarando las costas de oficio.

Así, por este nuestro Auto, definitivamente juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

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