Auto Social Tribunal Supe...re de 2006

Última revisión
11/12/2006

Auto Social Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1242/2006 de 11 de Diciembre de 2006

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Orden: Social

Fecha: 11 de Diciembre de 2006

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: MEDIAVILLA CRUZ, MARIA LUISA

Núm. Cendoj: 46250340012006200036

Núm. Ecli: ES:TSJCV:2006:115A

Resumen:
46250340012006200036 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 11/12/2006 Nº de Recurso: 1242/2006 Jurisdicción: Social Ponente: MARIA LUISA MEDIAVILLA CRUZ Procedimiento: SOCIAL Tipo de Resolución: Auto

Encabezamiento

Recurso contra Sentencia núm. 1242/2006

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a once de diciembre de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

AUTO

En el Recurso de Suplicación núm. 1242/2006, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 8 de Valencia, en los autos núm. 1060/04, seguidos sobre Invalidez a instancias de Dª. Rosa , ha recaído sentencia nº 3418/2006, de fecha 14 de noviembre de 2006, habiendo actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Luisa Mediavilla Cruz.

Antecedentes

PRIMERO.- Por esta Sala se dictó sentencia con fecha 14 de noviembre de 2.006, desestimatoria del recurso de suplicación interpuesto.

SEGUNDO.- Con fecha 4 de diciembre de 2.006 se presentó ante esta Sala escrito de la parte demandada INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL interponiendo recurso de aclaración frente a la Sentencia de 14-11-06, por desestimar el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social cuando, en realidad, ha sido formalizado por Dª Rosa .

Fundamentos

ÚNICO.- Procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial aclarar la sentencia recurrida por cuanto se ha producido un error material de trascripción al establecerse en el fallo de la Sentencia de esta Sala el error denunciado en cuanto a la parte recurrente.

Fallo

Que ha lugar a la aclaración de la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2.006, nº 3418/2006 de esta Sala en el sentido de señalar en el fallo de la Sentencia:

"Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso de Suplicación interpuesto en nombre de Dª Rosa contra la Sentencia dictada por el juzgado de los Social núm. 8 de Valencia de fecha 30 de diciembre de 2005 en virtud de demanda formulada a su instancia contra el INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL, y en su consecuencia debemos confirmar y confirmamos la Sentencia recurrida".

Notifíquese el presente Auto a las partes y al Ministerio Fiscal con advertencia de que, siendo esta resolución parte integrante de la Sentencia aclarada, caben contra la misma los recursos que fueron procedentes respecto a aquella.

Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia ha sido leída en audiencia pública por el/a Ilmo/a Sr/a Magistrado/a ponente que en ella consta en el día de su fecha, de lo que yo , el Secretario, doy fe.