Auto Social Tribunal Supe...io de 2008

Última revisión
26/06/2008

Auto Social Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2697/2007 de 26 de Junio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 26 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: CERES MONTES, JOSE FRANCISCO

Núm. Cendoj: 46250340012008200016

Resumen
46250340012008200016 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social Sede: Valencia Sección: 1 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 26/06/2008 Nº de Recurso: 2697/2007 Jurisdicción: Social Ponente: JOSE FRANCISCO CERES MONTES Procedimiento: SOCIAL Tipo de Resolución: Auto

Voces

Error material

Grado de incapacidad

Encabezamiento

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Presidente,

Ilm. Sr. D. José Francisco Ceres Montés

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintiséis de junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado el siguiente,

AUTO

En el Recurso de Suplicación núm. 2697/2007, con sentencia de esta Sala de fecha 22-05-2008 (núm.1640/2008) interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Alicante, de fecha 13-04-2007, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Francisco Ceres Montés .

Antecedentes

ÚNICO.- Se ha presentado escrito por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, mediante el que se solicita aclaración de la sentencia dictada el 22 de mayo de 2008 , por existir un error material respecto al porcentaje que corresponde al grado de incapacidad reconocido.

Fundamentos

ÚNICO.- Dispone el artículo 267 de la L.O.P.J . que los Jueces y Tribunales podrán aclarar algún concepto oscuro o suplir cualquier omisión que contengan y rectificar los errores materiales manifiestos y los aritméticos; y en el presente caso procede la rectificación del error material respecto al porcentaje correspondiente al grado de incapacidad reconocido.

Fallo

Aclarar la sentencia de fecha 22 de mayo de 2008, nº 1640/2008 , en el sentido de incluir en el fallo de la misma que el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora es el 55%.

Notifíquese el presente Auto a las partes y al Ministerio Fiscal con advertencia de que siendo esta Resolución parte integrante de la Sentencia aclarada, caben contra la misma los recursos que fueron procedentes respecto a aquella.

Notifíquese el presente Auto a las partes y al Ministerio Fiscal.

Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior resolución por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el día de su fecha, de lo que yo el Secretario, doy fe.

Auto Social Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2697/2007 de 26 de Junio de 2008

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