Auto Social Tribunal Supe...io de 2006

Última revisión
27/07/2006

Auto Social Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4724/2005 de 27 de Julio de 2006

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 2 min

Orden: Social

Fecha: 27 de Julio de 2006

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: MARTINEZ ZAMORA, ANTONIO

Núm. Cendoj: 46250340012006200020

Núm. Ecli: ES:TSJCV:2006:61A

Resumen:
46250340012006200020 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 27/07/2006 Nº de Recurso: 4724/2005 Jurisdicción: Social Ponente: ANTONIO MARTINEZ ZAMORA Procedimiento: SOCIAL

Encabezamiento

Recurso contra Sentencia núm. 4724/2005

Ilmo. Sr. D. Víctor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª. Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintisiete de julio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado el siguiente,

AUTO

En el Recurso de Suplicación núm. 4724//2005, interpuesto contra la Sentencia núm. 452/2005, dictada por el Juzgado de lo Social Nº 10 de Valencia, en los autos núm. 222/05 , seguidos sobre Invalidez a instancias de Dª. Estefanía , ha recaído sentencia nº 1735/2006, de fecha 17 de mayo de 2006 , habiendo actuado como ponente Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora.

Antecedentes

PRIMERO.- Por esta Sala se dictó Sentencia con fecha 17 de mayo de 2.006, estimatoria del recurso de suplicación interpuesto.

SEGUNDO.- Con fecha 17 de julio de 2.006 se presentó ante esta Sala escrito de la parte demandada INSS interponiendo recurso de aclaración frente a la sentencia de 17-05-06, por error en la fecha de la Sentencia que se revoca, entendiendo que donde dice 21-10-2004 debe decir 21-10-05 .

Fundamentos

ÚNICO.- Procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial aclarar la sentencia recurrida en aclaración por cuanto se ha producido un error material de trascripción al establecerse en el fallo de la Sentencia de esta Sala el error denunciado en la trascripción de un numero de una fecha.

Fallo

Que ha lugar a la aclaración de la Sentencia de fecha 17 de mayo de 2.006, nº 1735/2006 de esta Sala en el sentido de señalar que en el fallo de la sentencia donde dice 21-10-2004 debe decir 21-10-05 .

Notifíquese el presente Auto a las partes y al Ministerio Fiscal con advertencia de que, siendo esta resolución parte integrante de la Sentencia aclarada, caben contra la misma los recursos que fueron procedentes respecto a aquella.

Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos , mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Resolución por el Ilmo. Sr. magistrado ponente que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el día de su fecha, de lo que yo el Secretario, doy fe.