El contrato fijo de obra en la construcción no previene el fraude de la temporalidad. Sentencia Supranacional Nº C-550/19, Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 24 de Junio de 2021
Orden: Supranacional
Fecha: 24 de Junio de 2021
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Nº de sentencia: C-550/19
Núm. Cendoj: 62019CJ0550
Resumen
Voces
Convenio colectivo
Contrato de trabajo de duración determinada
Cuestiones prejudiciales
Contrato fijo de obra
Subrogación
Empresa cedente
Prejudicialidad
Subrogación empresarial
Trabajador fijo
Empresa cesionaria
Puesto de trabajo
Grupo de sociedades
Agrupaciones de empresas
Derechos de los trabajadores
Solución de continuidad
Cesionario
Negociación colectiva
Contrato de Trabajo
Centro de trabajo
Plazo de contrato
Contrato de puesta a disposición
Actividades económicas
Actividades empresariales
Cesión de contrato
Deberes de los trabajadores
Condiciones de trabajo
Persona física
Prestación de servicios
Subcontratación
Aceras
Contrato por obra o servicio determinado
Alcantarillado
Jornada completa
Indemnización por despido
Relación contractual
Irretroactividad
Incumplimiento de la ley
Agregación
Poderes públicos
Bienes muebles
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