Declaración del despido c...il de 2018

Última revisión
26/04/2018

Declaración del despido como improcedente por incumplimiento de los requisitos formales regulados en el convenio colectivo.Sentencia SOCIAL Nº 355/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1950/2016 de 03 de Abril de 2018

Tiempo de lectura: 21 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 03 de Abril de 2018

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: VIROLES PIÑOL, ROSA MARIA

Nº de sentencia: 355/2018

Núm. Cendoj: 28079140012018100331

Núm. Ecli: ES:TS:2018:1355

Núm. Roj: STS 1355:2018

Resumen
Despido declarado improcedente por incumplimiento de los requisitos formales convencionalmente establecidos.Reiterando doctrina, entre otras de la Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2329/2011, 15-05-2012, el TS analiza el art. 55, ET y art. 58 del  Convenio Colectivo marco estatal de servicios de atención a las personal dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, fijando el necesario cumplimiento de los requisitos adicionales establecidos por convenio -no contemplados en el Estatuto de los Trabajadores- en relación al cumplimiento de las obligaciones formales del despido.Dado que la empresa, antes de la imposición de la sanción, no dió audiencia por cinco días a los trabajadores que iban a ser sancionados, como establece el convenio, el incumplimiento del mandato del convenio supone idénticas consecuencias al incumplimiento del art. 55.1, ET, considerándose el despido improcedente.

Voces

Convenio colectivo

Comité de empresa

Convenio colectivo aplicable

Expediente contradictorio

Personas dependientes

Días naturales

Delegado de personal

Cargo sindical

Indefensión

Despido improcedente

Representación de los trabajadores

Categoría profesional

Vigencia del convenio colectivo

Poder disciplinario del empresario

Fondo del asunto

Representación unitaria

Carta de despido

Interpretación del convenio colectivo

Sanciones laborales

Despido disciplinario

Calificación del despido

Encabezamiento

UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 1950/2016

Ponente: Excma. Sra. D.ª Rosa María Virolés Piñol

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala …

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