Jurisprudencia por Garcia...ia Carmen.

Jurisprudencia por Garcia Marrero, Maria Carmen.

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Ponente
GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN
Ponente
GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN
Sentencia SOCIAL Nº 1241/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 298/2019, 05-12-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1241/2019



PRIMERO.- La empresa recurre al amparo de lo establecido por el artículo 193.a) de la LRJS, solicitando que se declare la nulidad de la sentencia al incurrir en falta de fundamentación y motivación. Señala que en la resolución impugnada no existe razonamiento alguno sobre las conclusiones de hecho, v
Sentencia SOCIAL Nº 990/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 167/2019, 16-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 990/2019



PRIMERO.- La parte actora recurre solicitando la revisión de los hechos declarados probados al amparo de los establecido por el artículo 193.b) de la LRJS. Como recuerda la STS 29 de noviembre de 2017 el recurso de suplicación no es un recurso de apelación ni una segunda instancia, sino un recurso ex
Sentencia SOCIAL Nº 1311/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 178/2019, 19-12-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1311/2019



PRIMERO.- La parte demandada recurre al amparo de lo establecido por el artículo 193.b) de la LRJS solicitando la revisión de los hechos declarados probados. Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes : a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión.b) La precisi
Sentencia SOCIAL Nº 523/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 217/2020, 10-06-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 523/2020



PRIMERO.- La parte actora recurre al amparo del artículo 193. b) de la LRJS, al objeto de revisar los hechos declarados probados. Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes: a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión. b) La precisión del sentido en que ha de
Sentencia SOCIAL Nº 1250/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 287/2019, 09-12-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1250/2019



ÚNICO- La parte demandante recurre al amparo de lo establecido por el artículo 193.c ) de la LRJS, alegando la infracción del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores y los correlativos del RD 2720/1998
Sentencia SOCIAL Nº 1143/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 247/2019, 18-11-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1143/2019



PRIMERO.- La actora recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.a ) de la LRJS para reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión al denegarse la prueba pericial médico
Sentencia SOCIAL Nº 1028/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 428/2019, 23-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1028/2019



PRIMERO .-La parte demandante recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la LRJS para revisar los hechos probados.Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes : a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión.b) La precisión del sentido en
Sentencia SOCIAL Nº 475/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 147/2020, 02-06-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 475/2020



PRIMERO.- La parte demandante recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la LRJS para revisar los hechos probados. Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes :a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión. b) La precisión del sentido en que ha
Sentencia SOCIAL Nº 140/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 647/2019, 11-02-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 140/2020



ÚNICO.- La parte actora recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.c) de la LRJS, alega la infracción del artículo 156.2 letra f de la Ley General de Seguridad Social. Señala que en 1998 se produjo una lesión súbita y violenta ,como relata el hecho probado tercero, y la caída en el puesto de trabajo hizo agravarse y soliviantar la limitación y secuelas de aquel lejano accidente, cuyas dolen
Sentencia SOCIAL Nº 1035/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 238/2019, 24-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1035/2019



PRIMERO.- La parte actora recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la LRJS para revisar los hechos declarados probados.Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes: a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión. b) La precisión del sentido en q

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GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN
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GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN
Sentencia SOCIAL Nº 1241/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 298/2019, 05-12-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1241/2019



PRIMERO.- La empresa recurre al amparo de lo establecido por el artículo 193.a) de la LRJS, solicitando que se declare la nulidad de la sentencia al incurrir en falta de fundamentación y motivación. Señala que en la resolución impugnada no existe razonamiento alguno sobre las conclusiones de hecho, v
Sentencia SOCIAL Nº 990/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 167/2019, 16-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 990/2019



PRIMERO.- La parte actora recurre solicitando la revisión de los hechos declarados probados al amparo de los establecido por el artículo 193.b) de la LRJS. Como recuerda la STS 29 de noviembre de 2017 el recurso de suplicación no es un recurso de apelación ni una segunda instancia, sino un recurso ex
Sentencia SOCIAL Nº 1311/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 178/2019, 19-12-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1311/2019



PRIMERO.- La parte demandada recurre al amparo de lo establecido por el artículo 193.b) de la LRJS solicitando la revisión de los hechos declarados probados. Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes : a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión.b) La precisi
Sentencia SOCIAL Nº 523/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 217/2020, 10-06-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 523/2020



PRIMERO.- La parte actora recurre al amparo del artículo 193. b) de la LRJS, al objeto de revisar los hechos declarados probados. Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes: a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión. b) La precisión del sentido en que ha de
Sentencia SOCIAL Nº 1250/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 287/2019, 09-12-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1250/2019



ÚNICO- La parte demandante recurre al amparo de lo establecido por el artículo 193.c ) de la LRJS, alegando la infracción del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores y los correlativos del RD 2720/1998
Sentencia SOCIAL Nº 1143/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 247/2019, 18-11-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1143/2019



PRIMERO.- La actora recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.a ) de la LRJS para reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión al denegarse la prueba pericial médico
Sentencia SOCIAL Nº 1028/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 428/2019, 23-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1028/2019



PRIMERO .-La parte demandante recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la LRJS para revisar los hechos probados.Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes : a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión.b) La precisión del sentido en
Sentencia SOCIAL Nº 475/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 147/2020, 02-06-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 475/2020



PRIMERO.- La parte demandante recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la LRJS para revisar los hechos probados. Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes :a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión. b) La precisión del sentido en que ha
Sentencia SOCIAL Nº 140/2020, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 647/2019, 11-02-2020

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 140/2020



ÚNICO.- La parte actora recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.c) de la LRJS, alega la infracción del artículo 156.2 letra f de la Ley General de Seguridad Social. Señala que en 1998 se produjo una lesión súbita y violenta ,como relata el hecho probado tercero, y la caída en el puesto de trabajo hizo agravarse y soliviantar la limitación y secuelas de aquel lejano accidente, cuyas dolen
Sentencia SOCIAL Nº 1035/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 238/2019, 24-10-2019

Orden: Social


Tribunal: TSJ Canarias


Ponente: GARCIA MARRERO, MARIA CARMEN


Nº de sentencia: 1035/2019



PRIMERO.- La parte actora recurre al amparo de lo establecido en el artículo 193.b) de la LRJS para revisar los hechos declarados probados.Los requisitos que se exigen para la revisión son los siguientes: a) La concreción exacta del que haya de ser objeto de revisión. b) La precisión del sentido en q

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