Sentencia Administrativo Nº 10077/2012, Tribunal Superior de Justicia de Castill... 15 de Marzo de 2012
Sentencia Administrativo ...zo de 2012

Última revisión
15/03/2012

Sentencia Administrativo Nº 10077/2012, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 88/2010 de 15 de Marzo de 2012

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Orden: Administrativo

Fecha: 15 de Marzo de 2012

Tribunal: TSJ Castilla-La Mancha

Ponente: MARTINEZ ESPIN, PASCUAL

Nº de sentencia: 10077/2012

Nº de recurso: 88/2010

Núm. Cendoj: 02003330022012100281

Núm. Ecli: ES:TSJCLM:2012:776

Resumen
IMPUGNACIÓN DE EXPEDIENTE EXPROPIATORIO PARA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO VERTEDERO DE RESÍDUOS NO PELIGROSOS.- Ausencia total de informes preceptivos.- Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia estimatoria del Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 2 de Toledo, sobre impugnación de  Expediente de Expropiación de Bienes y Derechos Afectados por el Proyecto Técnico para la ejecución de las obras de un nuevo vertedero de residuos no peligrosos.La Sala declara que se omite en la tramitación del expediente el preceptivo informe del Instituto Geológico y Minero , como Estudio de evaluación de impacto ambiental. Tampoco constan ninguno de los estudios a que se refiere el art. 92 TRLA, sobre indicadores de calidad biológica, físico- químicos e hidromorfomógicos, afectación e impacto que pueda tener el vertedero, por unos vertidos que puedan llegar al río, contaminándolo sea de forma directa o indirecta, por filtración de aguas subterráneas.El art. 93 TRLA hace referencia a las condiciones de depuración y elementos de control de los posibles vertidos, que igualmente no se contemplan en el expediente Administrativo. No se ha realizado estudio hidrogeológico alguno, tal y como previene el art. 94. Están prohibidas las actividades que puedan constituir un peligro de contaminación de las aguas o degradación del dominio público hidráulico (arts. 100 y 103 TRLA). A partir de lo anterior, cualquiera que pretenda realizar una actividad que pueda conllevar un riesgo de contaminación o degradación, habrá de obtener previamente la correspondiente autorización de la autoridad hidráulica (arts. 101 TRLA y 245 RDPH).

Voces

Vertederos

Expediente expropiatorio

Procedimiento expropiatorio

Incongruencia omisiva

Indefensión

Trámite de información pública

Vertedero de residuos

Desviación de poder

Interés legitimo

Derecho a la tutela judicial efectiva

Subsanación de errores

Dominio público hidráulico

Declaración de impacto ambiental

Aguas subterráneas

Estudio de impacto ambiental

Confederación hidrográfica

Confederaciones hidrográficas

Impacto ambiental

Desechos y residuos sólidos urbanos

Contaminación de aguas

Contaminación

Plan hidrológico

Impugnación del expediente expropiatorio

Tramitación del expediente