Última revisión
19/06/2007
Sentencia Administrativo Nº 1047/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 806/2006 de 19 de Junio de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Junio de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: GALLEGO LAGUNA, JOSE ALBERTO
Nº de sentencia: 1047/2007
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
RECURSO NÚM: 806-2006
PROCURADOR D. CARLOS PLASENCIA BALTES
SENTENCIA NÚM: 1047
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. Mª Antonia de la Peña Elias
D. José Ignacio Zarzalejos BurguilLo
D. Santos Gandarillas Martos
-----------------------------------------------
En la Villa de Madrid a 19 de Junio de 2007.
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 806-2006 interpuesto por D. Bernardo representado por el procurador D. CARLOS PLASENCIA BALTÉS contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 30.1.2006, reclamación núm. NUM000 , interpuesta por el concepto de Impuesto de sociedades, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Antecedentes
PRIMERO: Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
SEGUNDO: Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo allanándose a la demanda deducida de contrario, señalándose para el acto de votación y fallo la audiencia del día 12.6.2007 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna
VISTOS los preceptos que se citan por las partes y los de general aplicación.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
RECURSO NÚM: 806-2006
PROCURADOR D. CARLOS PLASENCIA BALTES
SENTENCIA NÚM: 1047
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. Mª Antonia de la Peña Elias
D. José Ignacio Zarzalejos BurguilLo
D. Santos Gandarillas Martos
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En la Villa de Madrid a 19 de Junio de 2007.
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 806-2006 interpuesto por D. Bernardo representado por el procurador D. CARLOS PLASENCIA BALTÉS contra fallo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 30.1.2006, reclamación núm. NUM000 , interpuesta por el concepto de Impuesto de sociedades, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
PRIMERO: Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
SEGUNDO: Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo allanándose a la demanda deducida de contrario, señalándose para el acto de votación y fallo la audiencia del día 12.6.2007 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna
VISTOS los preceptos que se citan por las partes y los de general aplicación.
Estimamos el recurso deducido por la representación procesal de D. Bernardo , contra resolución del TEARM de fecha 30.1.2006, reclamación núm. NUM000 , sobre sociedades, anulando y dejando sin efecto la resolución recurrida.; sin costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente de la misma, hallándose celebrando audiencia pública en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que certifico.
Fallo
Estimamos el recurso deducido por la representación procesal de D. Bernardo , contra resolución del TEARM de fecha 30.1.2006, reclamación núm. NUM000 , sobre sociedades, anulando y dejando sin efecto la resolución recurrida.; sin costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente de la misma, hallándose celebrando audiencia pública en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que certifico.

