Sentencia Administrativo ...re de 2009

Última revisión
04/11/2009

Sentencia Administrativo Nº 11339/2009, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 762/2009 de 04 de Noviembre de 2009

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: Administrativo

Fecha: 04 de Noviembre de 2009

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: ESTEVEZ PENDAS, RAFAEL MARIA

Nº de sentencia: 11339/2009


Voces

Denegación por silencio

Silencio administrativo

Caducidad

Expulsión del territorio español

Archivo de actuaciones

Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 11339/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso de apelación número 762/2009

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Apelante: Don Arsenio

Letrado: Don Hernando Alfredo Barrios y Prieto

Apelado: Ministerio del Interior

Letrado: Sr. Abogado del Estado

SENTENCIA nº 1339

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 4 de noviembre del año 2009, visto por la Sala el Recurso de apelación arriba referido, interpuesto por el Letrado Don

Hernando Alfredo Barrios y Prieto, contra el Auto de fecha 3 de marzo del año 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid en el Procedimiento Abreviado número 1260/2008. No comparece como parte apelada la Administración General del Estado, al no estar personada en las actuaciones. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

Primero.- Por la Ilma. Sra. Magistrado- Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, con fecha 3 de marzo del año 2009 se dictó Auto en el Procedimiento Abreviado número 1260/2008 , promovido en nombre de Don Arsenio por el Letrado Don Hernando Alfredo Barrios y Prieto, contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de caducidad del expediente de expulsión del territorio nacional incoado contra aquel, siendo la parte dispositiva del Auto la inadmisibilidad del Recurso y el archivo de las actuaciones.

Segundo.- Notificada el Auto anterior al Letrado mencionado, por éste se interpuso Recurso de apelación en el que, tras exponer las razones en las que lo fundaba, terminaba suplicando que se revocase el Auto apelado y se ordenase la continuación de la tramitación del Recurso ante el Juzgado.

Tercero.- Recibidas las actuaciones en esta Sala y Sección, y al no interesar las partes el recibimiento a prueba de la apelación, ni la celebración de vista o el despacho del trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 4 de noviembre del año 2009.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 11339/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso de apelación número 762/2009

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Apelante: Don Arsenio

Letrado: Don Hernando Alfredo Barrios y Prieto

Apelado: Ministerio del Interior

Letrado: Sr. Abogado del Estado

SENTENCIA nº 1339

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 4 de noviembre del año 2009, visto por la Sala el Recurso de apelación arriba referido, interpuesto por el Letrado Don

Hernando Alfredo Barrios y Prieto, contra el Auto de fecha 3 de marzo del año 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid en el Procedimiento Abreviado número 1260/2008. No comparece como parte apelada la Administración General del Estado, al no estar personada en las actuaciones. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Primero.- Por la Ilma. Sra. Magistrado- Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid, con fecha 3 de marzo del año 2009 se dictó Auto en el Procedimiento Abreviado número 1260/2008 , promovido en nombre de Don Arsenio por el Letrado Don Hernando Alfredo Barrios y Prieto, contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de caducidad del expediente de expulsión del territorio nacional incoado contra aquel, siendo la parte dispositiva del Auto la inadmisibilidad del Recurso y el archivo de las actuaciones.

Segundo.- Notificada el Auto anterior al Letrado mencionado, por éste se interpuso Recurso de apelación en el que, tras exponer las razones en las que lo fundaba, terminaba suplicando que se revocase el Auto apelado y se ordenase la continuación de la tramitación del Recurso ante el Juzgado.

Tercero.- Recibidas las actuaciones en esta Sala y Sección, y al no interesar las partes el recibimiento a prueba de la apelación, ni la celebración de vista o el despacho del trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 4 de noviembre del año 2009.

Que desestimamos íntegramente el Recurso de apelación interpuesto por el Letrado Don Hernando Alfredo Barrios y Prieto contra el Auto de fecha 3 de marzo del año 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid en el Procedimiento Abreviado número 1260/2008 , reseñado en el Antecedente de Hecho primero, con imposición de las costas derivadas de esta apelación a la parte apelante.

Llévese esta Sentencia al libro de su clase y expídase testimonio de ella que se enviará, junto con los autos principales, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de origen.

Así por esta nuestra Sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, haciéndoles saber que es firme y que contra ella no cabe Recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Gustavo Lescure Ceñal. Fátima Arana Azpitarte. Rafael Estévez Pendás.

Publicación.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado ponente en el día de la fecha, mientras se celebraba audiencia pública en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de lo que doy fe.

Fallo

Que desestimamos íntegramente el Recurso de apelación interpuesto por el Letrado Don Hernando Alfredo Barrios y Prieto contra el Auto de fecha 3 de marzo del año 2009, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid en el Procedimiento Abreviado número 1260/2008 , reseñado en el Antecedente de Hecho primero, con imposición de las costas derivadas de esta apelación a la parte apelante.

Llévese esta Sentencia al libro de su clase y expídase testimonio de ella que se enviará, junto con los autos principales, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de origen.

Así por esta nuestra Sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, haciéndoles saber que es firme y que contra ella no cabe Recurso ordinario alguno, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Gustavo Lescure Ceñal. Fátima Arana Azpitarte. Rafael Estévez Pendás.

Publicación.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado ponente en el día de la fecha, mientras se celebraba audiencia pública en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de lo que doy fe.

Sentencia Administrativo Nº 11339/2009, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 762/2009 de 04 de Noviembre de 2009

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