Última revisión
21/11/2007
Sentencia Administrativo Nº 1306/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 97/2007 de 21 de Noviembre de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 21 de Noviembre de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA
Nº de sentencia: 1306/2007
Encabezamiento
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 01306/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veintiuno de noviembre de dos mil siete.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo especial de protección de derechos fundamentales nº 97/07, interpuesto -en escrito presentado el día 2 de febrero del corriente- por la Procuradora Dña. Lucía Vázquez-Pimentel Sánchez, actuando en nombre y representación de D. Jose Francisco , Funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática, contra la situación de acoso que, dice sufrir, por su condición de Presidente de la Asociación Profesional de la Carrera Diplomática (APCD) que ha culminado en la "contestación de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación recogida en escrito de fecha 22 de diciembre de 2006 suscrito por el Director General del Servicio Exterior".
Han sido partes demandadas la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal.
Antecedentes
PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que "A) Conceda....el amparo judicial en los derechos y libertades constitucionales reconocidos ....por los arts. 14 y 28.1 de la Constitución......y el amparo del derecho de toda persona a la integridad moral (derecho reconocido en el art. 15 CE ), al existir indicios suficientes que acreditan que tanto la injustificada exclusión de mi mandante del desempeño de las funciones que como Consejero de Asuntos Europeos en la Embajada de España en París había heredado de su predecesor, como el reciente cese de su puesto de trabajo en la Embajada de España en París....responden a discriminación por motivos sindicales y supone una lesión del derecho a la consideración debida a su dignidad. B) Declare no ser conforme a derecho la decisión formalmente tomada por el Embajador D. Jose Carlos ....de retirar a mi mandante las funciones que, como Consejero de Asuntos Europeos, había heredado de su predecesor en la Embajada de España en París. C) ....reconozca y declare el derecho de D. Jose Francisco .....a desempeñar su actual puesto de trabajo como Consejero en la Embajada de España en París con todas las funciones que venía desempeñando desde que las heredó de su predecesor...............".
SEGUNDO: El Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal, en sendos escritos, formularon alegaciones en las que interesaban la desestimación del recurso.
TERCERO: Habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 20 de noviembre de 2007 , teniendo lugar.
QUINTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Fundamentos
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 01306/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veintiuno de noviembre de dos mil siete.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo especial de protección de derechos fundamentales nº 97/07, interpuesto -en escrito presentado el día 2 de febrero del corriente- por la Procuradora Dña. Lucía Vázquez-Pimentel Sánchez, actuando en nombre y representación de D. Jose Francisco , Funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática, contra la situación de acoso que, dice sufrir, por su condición de Presidente de la Asociación Profesional de la Carrera Diplomática (APCD) que ha culminado en la "contestación de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación recogida en escrito de fecha 22 de diciembre de 2006 suscrito por el Director General del Servicio Exterior".
Han sido partes demandadas la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal.
PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que "A) Conceda....el amparo judicial en los derechos y libertades constitucionales reconocidos ....por los arts. 14 y 28.1 de la Constitución......y el amparo del derecho de toda persona a la integridad moral (derecho reconocido en el art. 15 CE ), al existir indicios suficientes que acreditan que tanto la injustificada exclusión de mi mandante del desempeño de las funciones que como Consejero de Asuntos Europeos en la Embajada de España en París había heredado de su predecesor, como el reciente cese de su puesto de trabajo en la Embajada de España en París....responden a discriminación por motivos sindicales y supone una lesión del derecho a la consideración debida a su dignidad. B) Declare no ser conforme a derecho la decisión formalmente tomada por el Embajador D. Jose Carlos ....de retirar a mi mandante las funciones que, como Consejero de Asuntos Europeos, había heredado de su predecesor en la Embajada de España en París. C) ....reconozca y declare el derecho de D. Jose Francisco .....a desempeñar su actual puesto de trabajo como Consejero en la Embajada de España en París con todas las funciones que venía desempeñando desde que las heredó de su predecesor...............".
SEGUNDO: El Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal, en sendos escritos, formularon alegaciones en las que interesaban la desestimación del recurso.
TERCERO: Habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 20 de noviembre de 2007 , teniendo lugar.
QUINTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Que DESESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo especial de protección de derechos fundamentales nº 97/07, interpuesto -en escrito presentado el día 2 de febrero del corriente- por la Procuradora Dña. Lucía Vázquez-Pimentel Sánchez, actuando en nombre y representación de D. Jose Francisco , Funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática, contra la situación de acoso, que dice sufrir, por su condición de Presidente de la Asociación Profesional de la Carrera Diplomática (APCD) que ha culminado en la "contestación de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación recogida en escrito de fecha 22 de diciembre de 2006 suscrito por el Director General del Servicio Exterior". Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia dictada por la Magistrado Ponente Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano, de lo que como Secretaria de la Sección, doy fe.
Fallo
Que DESESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo especial de protección de derechos fundamentales nº 97/07, interpuesto -en escrito presentado el día 2 de febrero del corriente- por la Procuradora Dña. Lucía Vázquez-Pimentel Sánchez, actuando en nombre y representación de D. Jose Francisco , Funcionario perteneciente a la Carrera Diplomática, contra la situación de acoso, que dice sufrir, por su condición de Presidente de la Asociación Profesional de la Carrera Diplomática (APCD) que ha culminado en la "contestación de la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación recogida en escrito de fecha 22 de diciembre de 2006 suscrito por el Director General del Servicio Exterior". Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia dictada por la Magistrado Ponente Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano, de lo que como Secretaria de la Sección, doy fe.
