Última revisión
23/12/2009
Sentencia Administrativo Nº 136/2009, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Rec 627/2009 de 23 de Diciembre de 2009
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Orden: Administrativo
Fecha: 23 de Diciembre de 2009
Tribunal: TSJ Castilla-La Mancha
Ponente: NARVAEZ BERMEJO, MIGUEL ANGEL
Nº de sentencia: 136/2009
Encabezamiento
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2
ALBACETE
AUTO: 00136/2009
Sección : 002
CASTILLA-LA MANCHA
00415
Número de Identificación Único: 02003 33 3 2009 0203224
Procedimiento:
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000627 /2009
Sobre DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
De D/ña. Zulima
Representante: PROCURADORA DÑA. MANUELA CUARTERO RODRIGUEZ
Contra COMITE DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE CASTILLA LA MANCHA
Representante: SR. LETRADO DE LA JUNTA
RESOLUCION: AUTO DE INHIBICION 23-12-09
A U T O Nº 136/09
SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.
Iltmos. Sres.:
Presidenta:
Dña. Raquel Iranzo Prades
Magistrados:
D. Jaime Lozano Ibáñez
D. Miguel Angel Pérez Yuste
D. Miguel Angel Narváez Bermejo
En Albacete a veintitrés de diciembre de dos mil nueve.
Dada cuenta de los anteriores escritos presentados por el Sr. Letrado de la Junta, el Ministerio Fiscal y la Procuradora Sra. Cuartero Rodríguez, únanse a los autos de su razón, dese copia a la parte contraria, y
Antecedentes
UNICO.- Apreciada la posible falta de competencia de esta Sala se dio traslado a las partes para que pudieran hacer las alegaciones que estimaran oportunas con indicación del posible motivo.
Fundamentos
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2
ALBACETE
AUTO: 00136/2009
Sección : 002
CASTILLA-LA MANCHA
00415
Número de Identificación Único: 02003 33 3 2009 0203224
Procedimiento:
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000627 /2009
Sobre DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
De D/ña. Zulima
Representante: PROCURADORA DÑA. MANUELA CUARTERO RODRIGUEZ
Contra COMITE DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE CASTILLA LA MANCHA
Representante: SR. LETRADO DE LA JUNTA
RESOLUCION: AUTO DE INHIBICION 23-12-09
A U T O Nº 136/09
SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.
Iltmos. Sres.:
Presidenta:
Dña. Raquel Iranzo Prades
Magistrados:
D. Jaime Lozano Ibáñez
D. Miguel Angel Pérez Yuste
D. Miguel Angel Narváez Bermejo
En Albacete a veintitrés de diciembre de dos mil nueve.
Dada cuenta de los anteriores escritos presentados por el Sr. Letrado de la Junta, el Ministerio Fiscal y la Procuradora Sra. Cuartero Rodríguez, únanse a los autos de su razón, dese copia a la parte contraria, y
UNICO.- Apreciada la posible falta de competencia de esta Sala se dio traslado a las partes para que pudieran hacer las alegaciones que estimaran oportunas con indicación del posible motivo.
Que debe declarar y declara que la competencia para el conocimiento del presente recurso corresponde al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete, al que se remitirán las actuaciones previo emplazamiento de las partes para ante dicho órgano judicial por término de 10 días, con la advertencia de que la falta de personación podrá parar el perjuicio que en Derecho procede, incluso la posible caducidad definitiva del recurso en caso de falta de personación del recurrente.
Notifíquese la presente resolución con indicación de que contra esta resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de la notificación, previa consignación de 25'00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sala.
Así lo acuerdan y firman los Iltmos Sres. Magistrados al margen expresados; doy fe.
Fallo
Que debe declarar y declara que la competencia para el conocimiento del presente recurso corresponde al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Albacete, al que se remitirán las actuaciones previo emplazamiento de las partes para ante dicho órgano judicial por término de 10 días, con la advertencia de que la falta de personación podrá parar el perjuicio que en Derecho procede, incluso la posible caducidad definitiva del recurso en caso de falta de personación del recurrente.
Notifíquese la presente resolución con indicación de que contra esta resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de la notificación, previa consignación de 25'00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sala.
Así lo acuerdan y firman los Iltmos Sres. Magistrados al margen expresados; doy fe.

