Última revisión
12/09/2008
Sentencia Administrativo Nº 1374/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 333/2004 de 12 de Septiembre de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Septiembre de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: SABAN GODOY, ALFONSO
Nº de sentencia: 1374/2008
Núm. Cendoj: 28079330042008101511
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 01374/2008
Proc. DÑA. MARIA REYES PINZAS DE MIGUEL
A. E.
Ltdo. CAM
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO Nº 333/2004
PONENTE ILMO/A. SR. Alfonso Sabán Godoy.
S E N T E N C I A Nº 1374/2008
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Carlos Vieites Pérez
Dª Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín.
Dª. Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a doce de septiembre de dos mil ocho
Visto por la Sala del margen el recurso nº 333/2004 interpuesto por el CROC. Dña. Mª Reyes Pinzas de Miguel en nombre y representación de María Purificación contra la resolución del TEAR de Madrid.
Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por sus servicios jurídicos.
La cuantía del recurso es inferior a 150.000 €
Antecedentes
PRIMERO.- Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.
TERCERO.- No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
CUARTO.- Con fecha 4 de septiembre de 2008 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy
Fundamentos
PRIMERO.- Se impugna en el presente recurso la resolución del TEAR de Madrid que estima en parte la reclamación económico-administrativa efectuada por la ahora demandante frente a notificación de expediente de comprobación de los valores declarados y liquidación del Impuesto de Sucesiones por los bienes heredados a causa del fallecimiento de su esposa. El acto recurrido faculta a la Administración a realizar un acto nuevo de comprobación con los requisitos de motivación suficientes. A ello opone la demandante que dada la nulidad plena del acto originariamente dictado no es posible ejercer nuevamente la potestad fallida. Además se opone a la práctica de liquidación por intereses por no ser la deuda líquida vencida y exigible.
SEGUNDO.- Los motivos planteados cuentan con un largo trayecto a este Tribunal que tiene confirmado su criterio en sentencias a su vez acogedoras de las líneas jurisprudenciales vigentes y que cita sintéticamente la codemanda en su contestación. En suma, la falta de motivación no es un vicio de nulidad y la Administración puede realizar una segunda comprobación. A ello cabe añadir que los intereses correrán desde que se produzca el acto de valoración que a la postre resulte firme pues es aquel momento el que de lugar a la exigencia de la liquidación.
TERCERO.- No se aprecian méritos para efectuar condena en costas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, por la potestad que nos confiere la Constitución Española.
Fallo
Desestimamos el recurso deducido por la representación procesal de María Purificación y otros contra los actos a que el mismo se contrae, sin costas.
Así por nuestra Sentencia contra la que no cabe recurso de casación, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
